Rechazan planteo por fallos en Juicios por Jurados

El Tribunal de Casación Penal bonaerense rechazó el planteo de un fiscal para que se declarara inconstitucional al artículo de la ley de los Juicios por Jurados que prohíbe el recurso del acusador contra el veredicto de no culpable.

Frente al fiscal que sostenía que la prohibición “afectaba su garantía de debido proceso y de igualdad de armas”, el tribunal ahora rechazó el planteo y dejó firme el artículo que prohíbe que el fiscal o la defensa pueda apelar un veredicto de absolución de un acusado.

De acuerdo al voto del juez Ricardo Maidana, al que adhirió su colega el juez Mario Kohan, la absolución soberana del jurado pone punto final al litigio, es firme y definitiva y no hay recurso alguno del acusador contra ella.

Según la Asociación de Juicio por Jurados, “el fallo tiene una importancia institucional sin precedentes y trasciende largamente al caso particular. Representa un hito en la jurisprudencia argentina y está llamado a tener una profunda influencia en el derecho revisor nacional”.

Los jurados populares están integrado por 12 ciudadanos comunes y 6 suplentes, elegidos de un padrón de ciudadanos de entre 21 y 75 años. El sistema de juicio por jurados se aplica exclusivamente para delitos con penas mayores a 15 años de prisión.

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