El conflicto en Medicina por la exigencia de no adeudar finales para iniciar la práctica final obligatoria (tramo final de la carrera) comenzó a mediados de 2010, cuando el decanato de la facultad, para cumplir con una disposición de Educación de la Nación, le dio forma de resolución a aquel nuevo requisito.
En ese momento había cientos de alumnos a punto de terminar las cursadas, y en medio año no llegaban a rendir todos los finales. Pusieron el grito en el cielo. Y la sede de la unidad académica estuvo tomada durante 17 días. Fue una toma realmente masiva.
Luego de gestiones del decanato y el Rectorado ante Educación de la Nación, Medicina hizo otra resolución -la Nº 602- que planteó la implementación gradual de la exigencia en cuestión.
Pero en septiembre del 2012, ante una presentación estudiantil, el consejo superior de la UNLP dispuso que la exigencia de ingresar a la práctica final sin adeudar materias no podía incluir a quienes comenzaron la carrera antes de que se dictase esa norma, es decir, antes del 2010. La disposición en cuestión llevó el N° 300.
El decanato de Medicina fue a la Justicia contra la Universidad por esa decisión. Y la Cámara Federal de Apelaciones resolvió que la unidad académica no podía ser parte en el juicio, aduciendo que una facultad no puede litigar contra la institución que la alberga.
Al mismo tiempo, numerosos alumnos pidieron medidas cautelares para poder ingresar a la práctica final adeudando materias por haber entrado a la carrera antes del 2010. Querían que la facultad cumpla la disposición 300 de la Universidad, a lo cual se negaba.
La justicia federal hizo lugar a los pedidos de los estudiantes. Entonces, la conducción de la unidad académica apeló directamente ante la Corte Suprema de la Nación, que le dio la derecha y le pidió a la Cámara que dicte una nueva sentencia.
Es lo que hizo ahora. Ratificando las resoluciones de la facultad, pero también el trayecto académico de los “alumnos cautelados”.
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