Lo condenan a 6 meses por besarle la mano a una menor por la fuerza

Ocurrió en Saladillo en 2014. El acusado estaba alcoholizado y la chica, de 15 años, atendía un almacén

Un acusado de haber entrado borracho a un comercio, tomado el brazo de la chica que atendía, de 15 años, y besarle la mano por la fuerza, fue condenado ayer, en juicio oral y público desarrollado en nuestra ciudad, a seis meses de prisión, al ser considerado autor del delito de “abuso sexual”.

En el fallo, que recayó sobre el procesado Walter René Bóveda (52), el juez en lo correccional de La Plata Eduardo Esquenazi, dio probado que “el 10 marzo de 2014, cerca de las 20, un hombre se encontraba comprando dos botellas de cerveza en una despensa de la localidad de Saladillo, siendo en ese momento el único cliente. En esas circunstancias y mientras una joven de 15 años atendía provisoriamente el local que es de sus padres y le entregaba el vuelto al citado cliente, fue tomada fuertemente del brazo por ese hombre en forma sorpresiva y acto seguido, “comenzó a besarle la mano con claro contenido sexual”.

“Acompañaba su accionar diciéndole frases como que tendría que haber sido ella la reina de Saladillo”, se detalló en el fallo.

También se indicó que mientas el acusado decía esto “forcejeaba con su víctima con el objeto de acercarla hacia él, hasta que la menor logró despegarse de su agresor”.

Para llegar al veredicto condenatorio, el magistrado valoró principalmente el relato que dio en el juicio oral la víctima, que narró que “estaba sola en el comercio porque su padre se había retirado un momento y que al ingresar el imputado al local advirtió que estaba algo tomado, con aliento etílico”.

En el fallo se resaltó que “al perpetrarse el hecho delictivo se afectó la integridad sexual de la víctima y le generó un cuadro de llanto y angustia”

También contó que Bóveda la tomó “con fuerza del brazo y le besó la mano, luego de mantener un tironeo para evitar que el atacante se pase al otro lado del mostrador”.

El juez también tuvo en cuenta, basado en el examen psiquiátrico al imputado y lo relatado por la víctima, en el sentido de que “Bóveda no solo la tomó por sorpresa y fuerte, sino que mientras lo hacía trataba de acercarse, al tiempo que le besaba la mano contra su voluntad, denotando esto el fin libidinoso”.

En el fallo se descartó por completo el argumento defensista, que dio cuanta sobre “un posible trato de reverencia”.

En tal sentido, el juez concluyó que ese argumento “resulta inconsistente, por cuanto nadie reverencia a una mujer valiéndose de su fuerza para retenerla, por el contrario, frases como las exteriorizadas para cometer el hecho, decir que la menor debería haber sido reina de belleza, al tiempo que la besa, denotan -como se dijo- el fin libidinoso perseguido”.

En base a estos y otros fundamentos el juez condenó, tal como lo había solicitado la fiscal de Juicio Graciela Rivero, por el delito de abuso sexual simple.

Cabe señalar que la fiscal había pedido 8 meses de prisión, al valorar mas agravantes contra el imputado, pero coincidió con el juez en cuanto al encuadre legal dado al caso.

En la sentencia, como atenuantes, se mencionan “el estado de ebriedad del imputado, que redujo su capacidad de reflexión al momento de cometer el hecho, y que los besos fueron ejecutados en la mano de la víctima y no en sus partes íntimas”.

La condena, se afirma en el fallo, será en suspenso si el acusado se somete a las siguientes reglas durante dos años: “Fijar residencia con control del Patronato de liberados, concurriendo trimestralmente; abstenerse del consumo de bebidas alcohólicas y de tener todo tipo de contacto con la víctima”.

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