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Claudio Bernard, el magistrado que condenó al hombre acusado de vender marihuana en su casa
La Justicia penal platense condenó ayer a 5 años y 6 meses de prisión a un joven acusado de vender marihuana en su casa , ubicada en nuestra ciudad, y ordenó su inmediata detención en la sala de audiencias, ya que había llegado libre a juicio.
La sentencia del juicio oral y público recayó sobre el imputado Daniel Alejandro Romero (36), procesado luego de un allanamiento realizado en su casa de La Granja.
En el debate, el juez del Tribunal Oral en lo Criminal II de La Plata Claudio Bernard, que ofició como magistrado unipersonal, por la secretaría de la doctora Claudia Bravo, hizo lugar a lo solicitado por la fiscalía de Juicio, a cargo de la doctora Helena de la Cruz Orsi.
El magistrado dio por acreditado que “al menos desde el 10 de junio de 2014, en una casa de calle 523, entre 140 y 141, un hombre comercializaba sustancias estupefacientes”.
También destacó dos días después, la Policía, “en cumplimiento de una orden de registro y secuestro, encontró en esa casa 16 envoltorios con una sustancia, que una vez analizada por los peritos, resultó ser marihuana”.
En el juicio oral se ventiló que para probar que el acusado se dedicaba a la venta de drogas, se valoró “la transcripción de escuchas telefónicas que daban cuenta sobre actividades de venta de droga, el relato de un comprador que fue interceptado por la policía antes del operativo, que el material secuestrado, en 16 envoltorios, se vendería a 50 peso cada uno”, y que alcanzaría “el total de lo incautado el equivalente a 183 dosis umbrales, cantidad que excede el consumo”.
Para graduar la pena impuesta, el juez valoró como atenuante, tal como o propuso la fiscal de Juicio Helena de la Cruz Orsi, el encontrarse el imputado desempleado al momento de cometer el hecho y la necesidad de darle de comer a sus hijos, tal como el acusado lo manifestó en el debate oral, al concedérsele la palabra final, luego de los alegatos, y antes de que se pase a deliberar.
Como agravante, se computó que el procesado tiene un antecedente condenatorio, en el 2009, a dos años y medio de prisión por “robo calificado por haber sido perpetrado en poblado y en banda, y con efracción, en grado de tentativa”.
En base a estos y otros fundamentos, tomando en cuenta los citados agravantes y atenuantes, el juez Bernard, además de la pena impuesta por el delito de “tenencia de estupefacientes para su comercialización”, ordenó la inmediata detención del acusado, ya que se hallaba al momento del juicio gozando del beneficio de un arresto domiciliario.
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