A continuación los principales cambios que accedió el oficialismo:
•.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas informará trimestralmente al Congreso el avance de las tratativas y los acuerdos a los que se arribe durante el proceso de negociación.
•.- El Ejecutivo deberá informar sobre los acuerdos alcanzados, los procesos judiciales o arbitrales terminados, los montos de capital y los montos cancelados o a cancelar en cada acuerdo.
•.- El Poder Ejecutivo no asumirá ningún gasto ni cargo excedente respecto del resto de los tenedores de Títulos Públicos Elegibles abarcados en la Oferta Base.
•.- Los pagos a los holdouts se efectuarán previo dictado de una orden judicial que disponga e implique el levantamiento automático y efectivo de las Órdenes “PariPassu”.
•.- En caso de que monto de emisión supere el monto de pago requerido bajo la presente ley, el excedente será imputado a la autorización existente de deuda publica prevista en el Presupuesto General.
•.- El pago de comisiones a los bancos que colocarán los títulos de deuda en ningún caso podrán superar el 0.20% del monto de emisión.
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