En un intento por ampliar el alicaído mercado de los créditos hipotecarios, apenas vehículizado en los últimos tiempos por el plan Procrear, el Banco Central anunció el viernes el lanzamiento de un nuevo instrumento financiero de ahorro y crédito indexable destinado específicamente a la compra de viviendas.
La autoridad monetaria reglamentó las denominadas Unidades de Viviendas (UVIs) y lo informó por medio del comunicado A 5945. Se trata de implementar un nuevo mecanismo de ahorro para pequeños inversores, y que al mismo tiempo permita adquirir viviendas.
Las operaciones de financiación de Unidades de Vivienda (“UVIs”) estarán sujetas a determinadas condiciones entre las que se destacan los topes de tasas de que deben pagar los clientes del banco.
Si se superan esos parámetros las entidades financieras que otorgaron el crédito deberán dar opciones para que la persona haga frente a los nuevos costos.
MAS CUOTAS
Las entidades deberán dar al cliente la opción de extender el número de cuotas originalmente previstas cuando el importe de la cuota a pagar supere en 10% el valor de la cuota que resultaría de haber aplicado a ese préstamo un ajuste de capital por el Coeficiente de Variación de Salarios (“CVS”) desde su desembolso.
“En esa circunstancia, que deberá ser notificada al cliente -por medios electrónicos cuando sea posible- y ante su solicitud expresa de ejercer tal opción, la entidad financiera deberá extender en hasta 25% el plazo originalmente previsto para el préstamo”, destacan desde el Banco Central.
Además detallan que “en el correspondiente legajo deberá quedar constancia de la aceptación o no de esta opción por parte del cliente así como que ha tomado conocimiento de las tasas de interés aplicables en cada caso, al momento del otorgamiento del crédito.
De ser aceptada la opción, deberá incluirse la correspondiente cláusula en el contrato”. El Central en otro punto de la normativa aclara que los bancos deben poner especial atención en la capacidad de pago del cliente. Esto es teniendo en cuenta que la tasa del préstamo estará atada por inflación y más allá de lo esperado, puede haber imprevistos.
“Al momento del otorgamiento de financiaciones a personas humanas, se deberá tener especial atención a la relación cuota/ingreso de manera de que el deudor pueda afrontar posibles incrementos en el importe de las cuotas sin afectar su capacidad de pago, teniendo en cuenta que sus ingresos pueden no seguir la evolución de la Unidad de Vivienda (“UVI”) ni la del Coeficiente de Variación de Salarios (“CVS”)”, detalla el Banco Central.
Por otra parte, el sistemas de amortización será francés (cuotas constantes) o alemán (cuotas decrecientes) y en ambos casos, las cuotas deberán tener frecuencia mensual. En tanto, la tasa de interés será la convenida libremente entre las partes, que se calculará sobre el equivalente que surja de aplicar la UVI (calculada en base del CER). El Banco Central publicará periódicamente el valor diario en pesos de la “UVI”. Además, otro punto a resaltar es que el importe de capital a reembolsar será el equivalente en pesos de la cantidad de “UVIs” adeudadas al momento de cada uno de los vencimientos, calculado al valor de la “UVI” de la fecha en la que se haga efectivo el pago.
Los intereses a pagar se computarán sobre el capital en pesos adeudado al momento del vencimiento de cada servicio financiero, calculado conforme a lo señalado en el párrafo precedente. El Central aspira a promover el ahorro en ese nuevo instrumento al que promociona como “protegido de la inflación” y “similar al ahorro ‘en ladrillos’ pero accesible para todas las familias”, con depósitos por plazos mínimos de 180 días. Pero también habría créditos basados en los UVIs que tendrían una tasa de interés real que oscilará en torno a 5%.
SUSCRIBITE a esta promo especial