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Los llamados “paraísos fiscales” son lugares donde la creación de sociedades mercantiles es una de las principales, cuando no la única, industria del país. Por ejemplo, en Islas Caimán hay dos sociedades registradas por cada habitante. Su éxito reside en las enormes ventajas fiscales que ciudadanos de otros países obtienen utilizando estas sociedades y en el secreto bancario, necesario para ocultar bienes o patrimonio a las autoridades fiscales de cada país.
Tres de cada cuatro sociedades que aparecen en los documentos del estudio Mossack Fonseca están registradas en Islas Vírgenes Británicas o Panamá. No existe una lista global oficial de paraísos fiscales. Cada país decide por sí mismo con qué jurisdicciones firma acuerdos tributarios o de intercambio de información, lo que permitió a la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos) eliminar a unos 30 países de su lista de estados “no cooperativos” fiscalmente. En junio de 2015 la Comisión Europea (CE, órgano ejecutivo de la Unión Europea) publicó su propia lista de 30 países que considera como paraísos fiscales.
El requisito utilizado por la CE para armar este listado es que estos Estados sean considerados paraísos fiscales por al menos diez países miembro. Los paraísos fiscales con más sociedades registradas por Mossack Fonseca son Belice (113.648); Islas Vírgenes Británicas (48.360); Panamá (15.915); Bahamas (15.182), y Seychelles (9.611).
Se llama “offshore” a cualquier sociedad creada según las leyes de un Estado extranjero y cuya actividad se realiza fuera de la jurisdicción en la que está registrada. Por eso, el término se usa para denominar aquellas compañías creadas en un paraíso fiscal, donde no realizan ninguna actividad sino que aprovechan las ventajas fiscales y de secretismo de la jurisdicción. Estas sociedades sirven para acumular patrimonio, desviar beneficios personales o de una empresa, y abrir cuentas bancarias en otros países -sobre todo en Suiza, Andorra o Mónaco- a nombre de estas sociedades y que los beneficiarios últimos puedan ocultar su identidad para eludir así el pago de impuestos. Cualquier persona o entidad puede poseer una sociedad “offshore”, con la ayuda de un intermediario (un estudio jurídico experto en temas fiscales). Y se necesita un testaferro (a veces lo provee el estudio) para evitar que aparezca el nombre del verdadero dueño de la sociedad. Es legal tener una sociedad de este tipo, siempre y cuando el beneficiario lo declare a las autoridades fiscales del país en el que reside.
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