Ritondo ordenó a policías presentar su declaracion jurada ante Asuntos internos
| 10 de Mayo de 2016 | 17:15

El Ministro de Seguridad bonaerense, Cristian Ritondo, ordenó hoy que los policías obligados a presentar su declaración jurada de bienes ante la Escribanía General de la provincia también lo hagan en la Auditoria General de Asuntos Internos.
La medida fue dispuesta en el marco del decreto 116 firmado por la gobernadora María Eugenia Vidal en marzo y que obliga a funcionarios del Poder Ejecutivo, policías e integrantes del Servicio Penitenciario, entre otros, a presentar anualmente su declaración patrimonial.
Para el caso de los integrantes de la fuerza de seguridad el decreto obliga a declarar bienes a uniformados con rango igual o superior al de Subcomisario o equivalente, personal de categoría inferior a cargo de una Comisaría, personal que maneja fondos públicos o que administre patrimonio público, entre otros.
La resolución 546 firmada por Ritondo, sostiene que "deviene oportuno y conveniente, a fin de avanzar en las políticas de transparencia y organización de las Policías de la Provincia, disponer la presentación de copia de dicha información ante la Auditoria General de Asuntos Internos de este Ministerio".
La presentación de la declaración de bienes ante Asuntos Internos deberá ser una "copia firmada en original", según sostiene la resolución, al igual que la que se entregue oportunamente en la Escribanía General de Gobierno.
Para concretar la medida, Ritondo ordenó al Superintendente General de Policía, Pablo Bressi, que adopte "las medidas pertinentes a fin de que se de estricto cumplimiento a lo establecido" e instruyó a Asuntos Internos a tomar "medidas disciplinarias" para los policías que no cumplan lo ordenado.
El artículo 4 del decreto 116 firmado por Vidal establece que los funcionarios comprendidos en la declaración patrimonial, entre ellos los policías, deben hacerlo "dentro de los 30 días hábiles de notificado el acto administrativo de su designación y de su cese en el cargo, respectivamente". Finalmente sostiene que "la información contenida en la Declaración Jurada Patrimonial deberá ser actualizada con carácter anual al 31 de diciembre de cada año anterior".
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