Lo que hay que saber sobre el blanqueo de capitales

Si bien aún se está trabajando en un borrador, el Gobierno dio detalles del "sinceramiento fiscal" con el que buscará en primer orden repatriar dólares que están en el exterior

El Gobierno definirá en las  próximas horas el texto de la Ley de Amnistía Fiscal cuyo proyecto será  enviado el martes al Congreso Nacional.    

"Estamos trabajando sobre un borrador pero se continúan  haciendo modificaciones para que el mecanismo sea preciso", confió a  DyN, una fuente oficial que brindó un conjunto de detalles de la  iniciativa.    

Los principales puntos serían los siguientes

- Se podrán ingresar patrimonios de personas físicas y jurídicas  adquiridos previos al 31 de diciembre de 2015.

-El dinero a ingresar deberá depositarse en cuentas abiertas en  entidades financieras autorizadas por el BCRA. Ante esos bancos  deberá acreditarse el origen y legitimidad de los fondos. conforme a las normas de prevención de lavado exigidas por la  UIF.

-En caso de dinero que esté fuera del país deberá estar  depositado en entidades financieras de territorios aceptados por el GAFI y adherentes al OCDE.

-No podrán ingresar ex funcionarios que hubieran ejercido cargos  entre el 1º de enero de 2006 y el 31 de diciembre de 2015.

-Tampoco podrán acogerse empresas que hubieran sido contratistas  del Estado en todos sus estamentos.

-El acogimiento al blanqueo eximirá de la aplicación de  impuestos nacionales, multas e intereses desde su devengamiento hasta el  31 de diciembre de 2015.

-A su vez quedan excluidos quienes tuvieren determinación firme  de deuda o condena judicial.

-Podrán ingresarse bienes que estén a nombres de cónyuges y/o  hijos.

-El Poder Ejecutivo tendrá la potestad de prorrogar la vigencia  de la ley.     -

Para acceder al sinceramiento fiscal habrá tres opciones:  *

-Pagar un impuesto especial.

-Suscribir bonos del Tesoro por el monto declarado

-Hacer inversiones de largo plazo en el país para financiar

-La alícuota del impuesto que se paga dependerá del monto  declarado. Por menos de 305.000 pesos no se paga nada. Entre 305.000  pesos y 800.000 se pagará el 5%. Por encima de 800.000, paga el 10%.  Los que ingresen al programa después del 1 de enero de 2017, la  alícuota será del 15%.

-El programa sólo exime a los fondos ingresados de las responsabilidades tributarias. No exonera la responsabilidad  sobre el origen de los fondos o las posibles investigaciones penales  sobre actividades ilícitas.

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