Mientras la suba de tarifas está afectando el consumo de amplias franjas de la población, también el Centro CIFRA de la CTA destacó los beneficios de otra propuesta impulsada por el Poder Ejecutivo Nacional y que ya cuenta con media sanción del Congreso.
Se trata del reintegro de una proporción del IVA contenido sobre el monto de las compras de bienes muebles realizadas a través de las tarjetas de débito donde perciben el beneficio los jubilados y pensionados que cobran el haber mínimo y los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo para Protección Social.
El trabajo de CIFRA destaca que según la información oficial, el universo de beneficiarios (jubilados y pensionados que cobran el haber mínimo y niños, niñas y adolescentes de la Asignación Universal por Hijo y Embarazo) alcanzaría en conjunto a 8,4 millones de personas.
LOS BIENES ALCANZADOS
Si bien en los fundamentos del Proyecto de ley se plantea que la devolución del IVA se hará en función de los bienes de primera necesidad, en el artículo 1° se establece que el reintegro abarca a las “compras de bienes muebles” sin hacer la mencionada distinción.
En cuanto a la magnitud de la devolución del IVA se establece que la misma no podrá ser inferior al 15% del total de las compras realizadas con la tarjeta de débito en tanto no supere “el monto máximo que establezca el Poder Ejecutivo Nacional en función al costo de la Canasta Básica de Alimentos”.
Según los anuncios oficiales, ese tope será de $ 300 mensuales por beneficio. Cabe señalar que hasta el momento el Indec no ha publicado la Canasta Básica de Alimentaria. A esta medida el Gobierno Nacional le adicionó un pago por única vez de $ 500 para el mismo universo de beneficiarios que se liquida en abril y se haría efectivo con el haber de mayo.
IMPACTO POSITIVO
Puesto que, como se plantea en el proyecto de ley, la “propuesta tiene por finalidad mejorar el ingreso disponible y consecuentemente la capacidad de compra de los sectores más vulnerables”, cabe realizar una estimación del impacto que la medida tiene en los ingresos reales de los correspondientes beneficiarios.
Con tal finalidad se consideró: el pago por única vez de $ 500 para el conjunto de los beneficiarios (jubilados que cobran la mínima y beneficiarios de AUH), el beneficio máximo de $ 300 por devolución de IVA para los jubilados que cobran la mínima, y dos opciones para los beneficiarios de la AUH: una, en la que alcanzan el monto máximo de $ 300 (para lo cual deben gastar con la tarjeta de débito algo más del doble de los $ 966 que les depositan por cada AUH), y otra en la que utilizan el máximo disponible del beneficio depositado en la tarjeta de débito (el 15% de $ 966, es decir, $ 145).
Se trata de dos hipótesis de máxima, dado que es bajo el grado de bancarización de los hogares de menores recursos y por eso suelen cobrar el beneficio a través de cajeros automáticos o por “ventanilla” y realizar la mayor parte de los gastos en comercios informales mediante dinero en efectivo.
El índice de precios utilizado es el IPC 9 Provincias que elabora CIFRA hasta marzo de 2016, y luego se proyectó a la inflación mensual:. El cálculo se efectuó hasta agosto de 2016 dado que en septiembre se aplicarían las actualizaciones correspondientes al haber jubilatorio y la AUH.
Después del acelerado aumento de precios producto de la devaluación de la moneda, la eliminación o reducción de las retenciones a las exportaciones y el fuerte ajuste en las tarifas de los servicios públicos que la medida implica, como máximo, un costo fiscal de entre 800 mil y 1.350 millones de dólares se trata de un impacto inferior a las medidas aplicadas y generará una pérdida en los ingresos de los trabajadores.
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