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Banco Central elevó el límite mensual de compra de dólares

Pasa de 2 a 5 millones. La entidad, que dio a conocer también otra serie de medidas, consideró que se trata de "uno de los pasos finales en la remoción de las restricciones cambiarias heredadas"

Banco Central elevó el límite mensual de compra de dólares

Banco Central elevó el límite mensual de compra de dólares

5 de Mayo de 2016 | 17:54

 

El Directorio del Banco Central  informó hoy que elevó el límite mensual de compra de dólares de 2 a  5 millones, en lo que consideró "uno de los pasos finales en la  remoción de las restricciones cambiarias heredadas".    

En un comunicado, la autoridad monetaria dio a conocer una  serie de medidas "siguiendo el camino iniciado con la liberación del  cepo y la reciente eliminación del cronograma de pago para deudas  por importaciones".    

Las medidas adoptadas por el BCRA son las siguientes:    

* Se eleva de 2 a 5 millones de dólares el límite mensual  máximo de compra de divisas para la formación de activos externos.  "Esta medida es uno de los pasos finales en la remoción de las restricciones cambiarias heredadas, siguiendo el  camino iniciado con la liberación del cepo y la reciente  eliminación del cronograma de pago para deudas por importaciones", indicó  el BCRA.     

* Para el cobro del exterior por exportaciones u otros  conceptos por un valor de hasta 100.000 dólares mensuales ya no se  exigirá una declaración jurada previa a la recepción de fondos, sino que  podrán acreditarse directamente a la cuenta del receptor por un  concepto genérico. Quienes decidan optar por esta modalidad tendrán  que solicitar el alta de este sistema en su banco. Este régimen  simplificado agiliza la operación a aproximadamente un 50 por ciento de los receptores de pagos en  moneda extranjera.    

* Los bancos estarán obligados a procesar operaciones de canje  desde cuentas del exterior, es decir, la transferencia desde una  cuenta en moneda extranjera fuera del país a otra en moneda  extranjera dentro del país, y no podrán computar una operación de  compra-venta de cambio por este tipo de operaciones. Estas operaciones  ya estaban habilitadas; la modificación introducida hoy obliga a  las entidades a que el monto acreditado en la cuenta local deberá  ser igual al monto debitado en la cuenta extranjera.    

Si existiera una comisión por esta operación deberá ser  consignada por separado, además de estar publicada en la página de  homebanking del banco.    

* Para compras con tarjetas de débito en el exterior, los  bancos deberán dar al cliente la posibilidad de definir qué cuenta se  debitará, si la cuenta en pesos o la cuenta en moneda extranjera, de modo de evitar operaciones de cambio no deseadas.  Cuando el cliente tenga ambos tipos de cuenta y no haya realizado  una opción, se debitará por defecto de la cuenta en moneda  extranjera, lo que en algunos casos evitará la operación de cambio. 

 

 

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