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Piden que se deje sin efecto la ley, a la que califican “de ajuste”. Además, anunciaron un plan de lucha
La norma fue sancionada en la Legislatura en medio de una masiva movilización de los gremios que terminó en incidentes
La polémica en torno a la ley que declaró en la Provincia el estado de “emergencia administrativa” tuvo ayer un nuevo capítulo. Gremios que nuclean a trabajadores estatales, docentes, judiciales y de la salud anunciaron que se presentarán ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia para pedir la inconstitucionalidad de la norma, a la que calificaron como “una ley de ajuste”.
La presentación es impulsada por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), la Federación Docente, Suteba, la Cicop (profesionales de la salud) y la Asociación Judicial Bonaerense, entre otros
La norma -impulsada por la gobernadora María Eugenia Vidal- fue sancionada el mes pasado en la Legislatura en medio de una masiva movilización de gremios que terminó con incidentes frente al edificio de calle 7.
Para los gremios, la declaración de emergencia administrativa y tecnológica en el ámbito del Estado provincial “es inconstitucional”.
“Viola el principio de razonabilidad que plantea la constitución provincial de la provincia de Buenos Aires. También viola el principio de progresividad que consagra el artículo 39 de la misma, estableciendo que cualquier modificación respecto a los trabajadores tiene que ser para mejorar su situación. Además va contra el principio fijado en la carta magna que dice que cuando hay duda se debe beneficiar al más débil, en este caso el trabajador”, explicó el titular de ATE, Oscar de Isasi.
El proyecto declara la “emergencia administrativa y tecnológica” en la Provincia para “paliar el grave déficit en esta materia”. Regirá por el plazo de un año, pero puede prorrogarse.
Apunta a reducir plazos de las licitaciones públicas para la adquisición de bienes y servicios de las diferentes áreas del Estado provincial.
Habilita, entre otros aspectos, las notificaciones electrónicas en los procedimientos administrativos.
Acorta los plazos para que los organismos de control se expidan sobre la validez de los trámites de contratación de bienes y servicios.
Los artículos más polémicos son los 25 y 26, que determinan nuevas pautas para la contratación de personal de la administración pública.
El Ejecutivo podrá contratar a una persona para que preste un servicio determinado sin sujeción a un resultado concreto, siempre que responda a una necesidad transitoria.
Establece que la celebración del contrato no generará una expectativa o derecho a prórroga, ni creará una relación laboral de dependencia, lo que fue cuestionado por los gremios.
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