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El juez que ordenó la libertad de Barreda explicó por qué la condena llegó a su fin

2 de Junio de 2016 | 13:57

Hace casi 24 años Ricardo Barreda masacraba a su familia en una casa del centro de la Ciudad. Tras aquel trágico episodio ocurrido el 15 de noviembre de 1992, en el que murieron asesinadas su esposa Gladys McDonald,  su suegra, Elena Arreche, y sus dos hijas, Cecilia y Adriana Barreda, el odontólogo siempre estuvo sometido a restricciones jurídicas.

En 1995 fue condenado a prisión perpetua por el cuádruple crimen y años más tarde, en el 2008 y en el 2011 conseguiría el beneficio del arresto domiciliario, por su buena conducta y por ser mayor de 70 años. Luego de este episodio, al odontólogo acusado de matar a toda su familia le fue otorgada la libertad condicional pero en diciembre de 2014 se le quitó este beneficio por considerar que la convivencia con su nueva esposa Berta André se había vuelto “peligrosa”.

En diciembre de 2015 le dieron la libertad condicional y desde entonces vive en un departamento prestado en el barrio los Troncos, de Talar de Pacheco, Tigre. Finalmente hace quince días se conoció el fallo del juez de Ejecución Penal de La Plata, Raúl Dalto, que resolvió declarar extinguida la pena impuesta a Barreda y hacer cesar las accesorias legales impuestas.

Tras conocerse la decisión, el doctor Raúl Dalto se refirió al caso barreda y explicó los detalles de la resolución que dictó. “Firmé la extensión de su condena porque se ha transcurrido el plazo que la ley exige para ello” destacó en diálogo con JUSTICIA EN PRIMERA, el ciclo radial que se emite todos los jueves por LA REDONDA 100.3. Manifestó en este sentido que “Una cosa es hacer lo que la ley no manda extinguir la condena y otro es la opinión que se pueda tener sobre este caso tan notoria.

Al mismo tiempo resaltó que en el fallo que ordenó la libertad del odontólogo él “sólo se limitó a cuimplir con los deberes que tiene como juez”  y aclaró al mismo tiempo que no hubo ni indulto ni perdón en la decisión si no que se cumplió con lo tipificado por el código penal. “Lo que a mí me corresponde hacer cumplir la ley en este sentido puedo decir qué Barrera cumplió con la ley. Extinguir la pena es dar por cumplido el monto de años que se aplicó. No es indulto ni perdón” sentenció.

 

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