El flagelo de la droga
Pablo Pérez opina: “A lo largo del período 2010-2014 tuvo lugar un incremento en la percepción sobre la existencia de venta de drogas en los barrios. Entre esos años el registro de venta de drogas en los barrios se incrementó un 50% llegando este reconocimiento al 45% de los hogares urbanos. La evolución tuvo un incremento abrupto entre los años 2010 y 2011 para experimentar posteriormente un aumento constante. Los datos provienen del observatorio social de la UCA y nuestra ciudad no estaría lejos de los mismos según la organización Iniciativa Ciudadana. Nuestros propios relevamientos nos arrojan que cerca del 70 % de los delitos cometidos en jurisdicción de la zona norte de la ciudad es realizado por jóvenes del lugar y la conexión con la droga es inevitable. Evidentemente los datos de la UCA se van acercando al panorama que se vive en La Plata. Cada vez que realizamos nuestra tarea de ropero comunitario los vecinos de las zonas más humildes expresan esta situación: la droga en la periferia ha tenido un avance importante en los últimos años”.
Veto a la doble indemnización
Miguel Angel Reguera expresa: “Educar al soberano, es un principio Sarmientino que de estar vigente, permitiría que el pueblo pudiera juzgar el carácter moral de la decisiones de sus representantes. En el caso de la ley sancionada por el Congreso que establece la ‘doble indemnización’, los medios públicos deberían aclarar que de acuerdo a la ley de Contrato de Trabajo, en caso de una crisis económica que obligara a las empresas a despedir personal por causa de fuerza mayor, quiebra o disminución del trabajo, el artículo 247 establece una indemnización que equivale a la “mitad de la indemnización normal” (establecida en el artículo 245 de la ley laboral).Está claro pues que una doble indemnización sólo llevaría el monto a lo que hubiera cobrado el trabajador en una situación normal. No son entendibles, pues, los argumentos del veto de la ley y sólo parecen favorecer a algunos sectores empresarios que buscan ampararse en las causales del artículo 247, no para pagar el doble sino ya para pagar ‘la mitad’ de lo que deberían, en caso de que no llegaran las inversiones prometidas”.
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