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Inédito fallo por venta de éxtasis: los acusados siguen detenidos

28 de Junio de 2016 | 01:59

Los tres procesados que fueron absueltos en juicio oral, acusados por comercialización de éxtasis en Mar del Plata, fallo que fue revocado la semana pasada por el Tribunal de Casación Penal bonaerense, están en prisión por una condena anterior por un delito similar.

Así lo revelaron ayer a este diario voceros judiciales, quienes precisaron que con el nuevo pronunciamiento de la Sala V de Casación, integrada por los doctores Martín Ordoqui y Jorge Celesia, los imputados Mauricio Rubén Aguirre Sotelo, Germán Ariel Caldas y Ezequiel Martín Lozano serían declarados reincidentes.

Como se sabe, los jueces de Casación le ordenaron al Tribunal oral en lo Criminal que pronunció las absoluciones por la supuesta carencia de una pericia adecuada para establecer la cantidad del componente químico prohibido, en las 134 pastillas secuestradas en el procedimiento que dio inicio a la causa, que dicte uno nuevo en base a los nuevos fundamentos de la alzada.

fundamentos

En ese nuevo fallo, los magistrados jueces de Casación Martín Ordoqui y Jorge Celesia, señalaron que para acreditar que se cometió el delito de tenencia de estupefacientes, alcanza solamente con establecer que la droga secuestrada tiene un efecto “placebo” en el consumidor.

Además consideraron que “más allá que las normas que rigen la materia no imponen la determinación de la cantidad de sustancia psicoactiva prohibida (dosis umbral), basta que en las pastillas secuestradas se detecte la existencia del componente químico prohibido”.

“La ley 23.737 -agregaron- fue concebida para tutelar la salud pública. El legislador criminalizó una serie de conductas relacionadas a los estupefacientes. Y para la Organización Mundial de La Salud (OMS): `La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades´”.

También se precisó en la resolución que “la Toxicomanía o drogadicción, según la OMS, `es una enfermedad física y psicoemocional que crea una dependencia o necesidad hacia una sustancia, actividad o relación´”.

Los jueces destacaron que, tomando en cuenta estas definiciones, se infiere sin duda que “la actividad de los aquí imputados ha infringido la ley en cuestión. Cualquiera haya sido la dosis umbral”.

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