El blanqueo o “régimen de sinceramiento fiscal”, del que aún resta la publicación de sus normas reglamentarias, comenzaría a regir el 1º de agosto y se extenderá hasta el 31 de marzo de 2017, si bien el Poder Ejecutivo, como en blanqueos anteriores, tiene la facultad de extenderlo una o varias veces.
El régimen exige la declaración de los activos pero no necesariamente su repatriación. Asimismo, permitirá declarar bienes o divisas que no están declarados ante la AFIP, a cambio del pago de una tasa general del 10%, del 5% en el caso de los inmuebles y del 0% si se realiza a través de la compra de bonos públicos a tres y siete años. En cuanto al blanqueo de sumas en efectivos, la tasa también será de 0% hasta montos de 305.000 pesos y del 5% entre 305.001 y 800.000 pesos. Además, cumplidores estarán exentos del impuesto sobre los Bienes Personales hasta 2018.
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