La AFIP le puso fecha, 16 de agosto, para iniciar el trámite on line de devolución de Ganancias descontada en el último medio aguinaldo. También para gestionar la excepción al impuesto a los Bienes Personales. Ambos beneficios están incluidos en la ley de blanqueo, cuyos detalles se aclararon en las resoluciones 3919 y 3920, publicadas ayer en el Boletín Oficial.
Según determina la Ley 27,260, los “cumplidores” podrán solicitar ser eximidos del impuesto a los Bienes Personales en 2016, 2017 y 2018, mientras que quienes no estén alcanzados por ese tributo tendrán como beneficio la devolución del impuesto a las Ganancias.
De acuerdo a la resolución, el contribuyente que solicite la devolución de Ganancias correspondiente al medio aguinaldo deberá notificar a su empleador, quien, cuando la devolución sea avalada por la AFIP, realizará la devolución en la cuenta bancaria del contribuyente y notificará ese reintegro en el recibo de haberes.
El trámite se deberá hacer por la página web del organismo recaudador y hay plazo hasta marzo de 2017. El contribuyente, que debe estar al día con la AFIP, debe contar con clave fiscal con nivel de seguridad 3, e informar domicilio fiscal, teléfono, dirección de correo electrónico y un CBU bancario, donde se depositará la devolución que le descontaron en el medio aguinaldo.
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