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La Ciudad |en fallo dividido, los jueces aceptaron el recurso del gobierno pero con efecto suspensivo

La Justicia platense acepta la apelación pero mantiene frenado el tarifazo de gas

Ahora la causa quedó en manos de la Corte Suprema. Mientras, sigue vigente el fallo que frenó las subas

La Justicia platense acepta la apelación pero mantiene frenado el tarifazo de gas

Otra nutrida manifestación, anoche, contra el tarifazo, en Plaza Moreno

5 de Agosto de 2016 | 02:20

La decisión final en torno a la maraña de resoluciones judiciales que se sucedieron en diferentes tribunales poniendo freno o ratificando la vigencia de los aumentos en las tarifas del gas quedó ayer en manos del máximo tribunal del país. Fue después de que la Cámara Federal platense aceptara la apelación del Gobierno nacional contra el fallo que frenó el aumento del gas en todo el territorio nacional, aunque el nuevo cuadro tarifario seguirá suspendido hasta que la Corte Suprema de Justicia defina la constitucionalidad de la suba en ese servicio.

En un fallo dividido, los jueces de la Sala II de la Cámara Federal platense aceptaron el recurso extraordinario interpuesto por el Gobierno bajo “efecto devolutivo”, por lo que la sentencia que suspendió el aumento en el gas regirá hasta que se defina el fondo de la cuestión.

Los camaristas Leopoldo Schiffrin y Olga Calitri mantuvieron suspendido el aumento, mientras que el juez César Álvarez le otorgó a la apelación “efecto suspensivo”, lo que hubiese permitido al Ejecutivo avanzar con la suba de tarifas y cobrar los nuevos montos hasta que definiera la Corte.

En su sentencia los magistrados Schiffrin y Calitri consideraron que “existe una idea generalizada acerca de que al concederse el recurso extraordinario se suspende, automáticamente, el efecto de la sentencia apelada” y citó el fallo de la Sala 1 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal “Grupo Clarín S.A y otros s/ medidas cautelares”.

Asimismo expresaron que “la incertidumbre y confusión general en que nos debatimos en la actualidad sobre el punto de las tarifas de gas, si en el período en que estuviera suspendida la sentencia de esta Sala y pendiente el recurso ante la Corte Suprema, se emitieren nuevas facturas, para después retomar a la situación previa, se afectaría el pleno ejercicio de la jurisdicción de la Corte Suprema, puesta frente a hechos cumplidos de difícil reversión”.

Por su parte, Schiffrin agregó en sus fundamentos que además “se realizarían actos del Poder Ejecutivo (emisión de facturas y aplicación de tarifas) que ocasionarían un gran dispendio económico y de recursos para la administración pública en caso de que, posteriormente, la Corte Suprema fallase en concordancia con lo resuelto por esta Sala”.

Y que si el aumento rigiera y luego la Corte confirmase lo resuelto en primera instancia por la Cámara “se generaría una incertidumbre general en los usuarios, mayor a la que existe hasta el momento, acerca del monto a pagar, la validez de las facturas emitidas y los plazos para cancelar los pagos”.

Finalmente, el magistrado señaló que “más allá de ello, es preciso tener presente la extendida repercusión social negativa previsible si se diese una situación como la prescripta. Y también cabe señalar que no es ajeno a la función judicial velar por el mantenimiento de la paz social”.

La judicialización del aumento del gas comenzó el 7 de julio, cuando la Sala II declaró “nulas” las resoluciones 28 y 31 del Ministerio de Energía y Minería que dispusieron la suba y ordenó “retrotraer” la situación tarifaria “a la existente previamente al dictado” de esas normas.

UN LARGO PROCESO

El fallo surgió tras las apelaciones de las asociaciones civiles CEPIS y Consumidores Argentinos, y del Ejecutivo a la resolución del Juzgado Federal de primera instancia 4 de esta capital, que ordenó convocar a una audiencia pública para debatir con usuarios los aumentos que empezaron a regir en marzo.

La Cámara tomó la apelación de las tres partes y, tras señalar que “la Audiencia Pública es un mecanismo de participación ciudadana, que refuerza los principios de acceso a la información y a la transparencia de las actuaciones estatales”, declaró la “nulidad” de las resoluciones del Ministerio de Energía.

Sin embargo, el 12 de julio el Gobierno apeló y pidió que mientras se analizaba ese recurso la resolución que frenó el tarifazo permanezca suspendida. Esa última petición del Ejecutivo fue rechazada el 15 de julio por la Cámara, que ratificó la vigencia del fallo que suspendió los incrementos en el valor de ese servicio.

Tres días más tarde la Cámara Federal habilitó, por pedido del gobierno, la feria judicial para tratar la apelación y pidió a las demás jurisdicciones federales que le remitan los 46 expedientes que se abrieron en todo el país contra la suba del precio del gas.

La apertura de la feria aceleró los tiempos de los demandantes para presentar sus fundamentos contra la suba y los de la Sala II de la Cámara, que resolvió ayer aceptar la apelación del Ejecutivo y girar el expediente a la Corte, aunque con el tarifazo suspendido.

Ahora el máximo tribunal del país tiene la palabra. Días atrás, el gobierno nacional presentó ante la Corte el informe técnico con el detalle de la situación tarifaria en materia de gas en todo el país, previa a las resoluciones 28 y 31 del Ministerio de Energía y Minería. El informe presentado por el procurador del Tesoro, Carlos Balbín, consta de 80 páginas y se elevó a raíz de un pedido formulado por los propios jueces. Se explican al detalle los antecedentes de la situación tarifaria, así como los criterios adoptados por el Ministerio de Energía para poner en marcha el nuevo cuadro dispuesto.

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