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Primer fallo convalida el alquiler de vientre

Por Redacción

Pese a que el procedimiento no está contemplado en el Código Civil, la justicia de Rosario dió un paso adelante en lo concerniente al “alquiler de vientres”, al ordenar que se inscriba a un niño como hijo de un matrimonio que recurrió a la maternidad subrogada.

El niño, que nació este año, fue gestado en el útero de una mujer que se ofreció en forma desinteresada, y concebido con esperma del padre y un óvulo donado, ya que la madre, por un problema de salud, no podía quedar embarazada.

El matrimonio rosarino presentó un recurso y la justicia lo autorizó el año pasado a realizar el procedimiento de implantación de embriones en el útero de una voluntaria.

El fallo de la jueza del Tribunal de Familia número 7, Valeria Vittori, fue considerado inédito, ya que hizo lugar al pedido de la pareja para recurrir a la maternidad subrogada y adelantó que el bebé, producto de ese procedimiento, sería inscripto como hijo de la pareja.

La magistrada explicó que “la inscripción inmediata a nombre de esos padres evitó que ocurrieran estrategias a las que usualmente se recurren, como impugnación o la no inscripción del niño hasta tanto haya un reconocimiento”.

“Este bebé -añadió- tuvo su derecho garantizado a la identidad plena porque tuvo nombre y nacionalidad desde el primer momento”.

Consultada sobre el vínculo entre la pareja y la mujer que puso a disposición su útero, la jueza Vittori destacó la generosidad de la voluntaria, que se ofreció a ayudar al matrimonio sin pedir nada a cambio.

“Se conocieron en la iglesia de la Natividad del Señor. La pareja había ido a pedir por la familia que quería construir y esta mujer se ofreció a ayudarlos. La gestación subrogada era la única opción porque la esposa no tiene útero”, dijo la jueza.

Y al referirse a la posibilidad de que la gestante reclame como propio al niño que dio a luz, la jueza consideró que “es imposible porque así quedó determinado en el fallo al que se llegó después de varias consultas médicas y psicológicas a las partes”.

“Madre no es quien da a luz, madre y padre son quienes tienen voluntad de procrear”, definió la magistrada.

Asimismo, aclaró que “la mujer que gestó al bebé podía arrepentirse antes de la implantación de los embriones, pero se respetaron los derechos del matrimonio, de la gestante y del niño por nacer”.

También, la magistrada destacó la importancia de legislar sobre el tema, al preguntarse “¿qué pasaría si en un caso similar sus padres mueren o si se arrepienten? ¿Quién quedaría al cuidado de ese niño?”.

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