“Vacío legal: la víctima sólo pueden aspirar al resarcimiento económico”

RAUL MARTINEZ FAZZALARI
Abogado, especialista en nuevas tecnologías

 

“El caso del porno vengativo plantea un desafío nuevo en lo legal, porque se trata de una situación en la que participan personas adultas, que consienten filmarse en situaciones íntimas, una situación pactada en privado y que después una de las partes rompe, divulgando las imágenes para hacer un daño. No hay una figura legal que contemple esta conducta. A lo sumo la víctima puede aspirar a un resarcimiento por daños y perjuicios si a raíz de la divulgación de esas imágenes perdió el trabajo, una pareja o no puede salir a la calle sin que se la hostigue. Pero el caso italiano que hoy conmueve al mundo aparece todavía mas complejo. Y esto es porque, al parecer, las imágenes, que la pareja consentía grabar era después distrubuida a su vez entre un grupo reducido de personas, una conducta que también habría sido consentida entre los miembros de la pareja y que escapa a las características más habituales de la pornovenganza. Entonces lo que se le cuestiona a quien, en ese grupo, divulgó las imágenes sin permiso, es la ruptura de un código ético supuestamente preestablecido entre personas adultas que consentían filmarse en situaciones íntimas y compartir con otros sus filmaciones. Un código ético que no tiene ninguna fundamentación jurídica. Esto puede explicar el fracaso de la mujer al querer retirar totalmente las imágenes de la red, aunque eliminar hoy imágenes de la red, con tantos dispositivos existentes en el mundo, puede resultar imposible”.

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Raúl Martínez Fazzalari

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