La Cámara Nacional en lo Civil condenó a las dueñas de un jardín maternal de capital federal a pagar casi 100.000 pesos de indemnización por las quemaduras con agua hirviendo que sufrió un niño cuando a una maestra se le volcó la taza de té, según confirmaron ayer fuentes judiciales.
La Sala H del tribunal confirmó la condena dictada en primera instancia, pero aumentó el monto de la indemnización –aunque concedió un importe inferior al pretendido- y, además del daño estético, incluyó el psicológico y su tratamiento.
Los hechos que originaron la demanda presentada por los padres del menor, L.G. y M.C., ocurrieron poco antes del mediodía del 31 de octubre de 2012, en el jardín maternal “Mundo Niño”, en el barrio de Villa Luro, cuando el pequeño, M.G.C., tenía un año y ocho meses de edad.
El niño movió un anaquel en el que estaba apoyada una taza con agua hirviendo, lo que le provocó quemaduras en el dorso de la mano izquierda.
Avisada por teléfono sobre la quemadura que había sufrido su hijo, la madre acudió al lugar y trasladó al pequeño hasta el Sanatorio Güemes, donde le diagnosticaron quemaduras de grado AB y lo derivaron a un cirujano plástico para que evaluara el tratamiento reconstructivo a seguir.
La mujer y su marido radicaron una denuncia en la seccional 44a. de la Policía Federal.
Comprobado el hecho y la responsabilidad del establecimiento, en contra de lo que pedía la parte demandada, los camaristas Claudio Kiper, José Fajre y Liliana Abreut diferenciaron el rubro “daño psicológico” de los gastos para su tratamiento y rechazaron la impugnación a la reparación económica por la cuestión estética.
Los camaristas tuvieron en cuenta que si bien no hubo trastornos funcionales, el pequeño quedó con una cicatriz de casi cinco centímetros y no quiso volver al jardín.
El tribunal desestimó, en cambio, reconocer a los padres una indemnización por “daño moral”, rubro que sí les concedió a los progenitores como representantes del menor.
SUSCRIBITE a esta promo especial