Que los chicos no nacen malos se sabe. Ahora bien. En el orden jurídico, con la reforma de la Constitución Nacional del año 1994, Argentina adhirió con rango constitucional al Pacto de San José de Costa Rica. Es una normativa nutrida en la concepción de los Derechos Humanos necesaria e innegable. Pero no sólo incluye la prohibición de la pena de muerte sino también procedimientos para enjuiciar y condenar el delito juvenil.
El dilema que plantean todos los oficiales de seguridad consultados para esta nota, es que reconocen que están atados de manos, porque el menor puede hacer lo que quiera -casi literalmente-, mientras el agente no puede hacer prácticamente nada. Por eso algunos creen – no sin saber que es un tema controversial- que sería conveniente mirar legislaciones de otros países que computan normas distintas para condenar el delito de menores. La inimputabilidad del menor que delinque deriva en un flagelo conocido: muchos mayores los usan de “soldados” para el delito y los mandan “al frente” en situaciones de riesgo.
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