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La dan 8 meses de prisión a masajista acosadora

La dan 8 meses de prisión a masajista acosadora

Por Redacción

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó una condena a ocho meses de prisión contra una masajista que durante años acosó a un cliente que había enviudado y lo amenazó telefónicamente en varias de las "miles" de llamadas que le formuló.    

La Sala Primera del tribunal dispuso la condena en orden al delito de "amenazas simples reiteradas" porque la mujer le dijo a su frustrada pareja: "Cuidá mucho a los chicos ya que estos van a tu casa y no sé si van a poder salir de ahí. Va a llegar el fin para  ustedes. Andá preparando flores".    

En otra ocasión le espetó: "hijo de puta... te voy a encontrar  a vos y tus hijos y los voy a matar... los voy a enterrar, y a la hija de puta que está con vos la voy a bañar en sangre".    

La masajista atendía a la esposa de la víctima, y cuando éste  enviudó comenzó a acosarlo para tener una relación sentimental con él, que el hombre rechazó.    

"Luego de ello comenzó una persecución vía telefónica que se  fue prolongando por los años, con algunos intervalos, comunicaciones mediante las cuales ella insistía con entrevistarse con él y  proseguir la relación, situación rechazada desde un primer momento por éste. La insistencia era de tal magnitud que a través del tiempo  los llamados contabilizaron miles y hasta hubo más de 150 en un día", resume el fallo.   

"A partir del año 2010, seguramente por haberse enterado la procesada que el hombre tenía una relación sentimental con otra mujer, se incrementó el asedio por parte de la acusada", añade el documento.    

En ese contexto, el fallo refleja que en el momento más complejo del asedio, "en el término de 11 días se produjeron 473 comunicaciones desde el celular de la mujer al denunciante".    

El defensor oficial que asistió a la imputada intentó evitar  la condena considerándola "inimputable", pero los informes médicos  indicaron que "si bien reviste una personalidad con características histeroparanoides, lo cual se traduce en conductas obsesivas frente a cuestiones personales no resueltas, no presenta síntomas de alteraciones psicopatológicas que configuren algún tipo de  enfermedad mental psicótica".   

"No es una alienada mental y sus facultades mentales encuadran dentro de la normalidad psicojurídica", resumieron los jueces Ana María Figueroa, Mariano Borinsky y Gustavo Hornos.

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