La gobernadora María Eugenia Vidal promulgó ayer una ley que suspende por un año los desalojos en villas y asentamientos.
La iniciativa, que fue impulsada por la senadora Mónica Macha (Frente para la Victoria) y sancionada por la Legislatura en noviembre pasado, modificó el artículo 70º de la ley 14.449 de Acceso Justo al Hábitat para evitar desalojos.
En su artículo 1º se determina que “quedan suspendidas por un plazo de un año a partir de la promulgación de la presente, las medidas judiciales o administrativas que impliquen el lanzamiento de las personas y/o familias que habitan en las villas o asentamientos precarios inscriptos en el Registro Público de Villas y Asentamientos creado por el artículo 28 de la presente Ley”.
Además, incorpora al Código Procesal Civil y Comercial provincial un artículo por el cual, antes de ordenar el desalojo de familias que habiten en una villa o asentamiento precario, el juez “deberá oficiar al Ministerio de Infraestructura de la provincia de Buenos Aires a fin de constatar si dicha villa o asentamiento está incluido en el Registro Público” pertinente.
Excepciones
En caso de estar incluido en dicho Registro, no podrá ordenarse el desalojo por el plazo establecido. Macha explicó en el momento de la sanción de la norma que ésta prevé una excepción lógica para aquellos desalojos que se fundamenten en un peligro para la seguridad e integridad física de las habitantes, por factores socio-sanitarios, ambientales o por riesgo de derrumbe.
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