TEMAS DE HOY:
PUBLICIDAD

Jueces y abogados, en el camino del cambio

Jueces y abogados, en el camino del cambio

Por Redacción

POR

PABLO GRILLO CIOCCHINI (*)

“Dadme buenos jueces y haré la mejor de las justicias, aún con las peores leyes”, dijo Alfredo Colmo.

Y no vengo a decir que en la Provincia de Buenos Aires tengamos “los mejores jueces”, ni los mejores abogados. Pero ciertamente ambos están haciendo mucho en un contexto en el que las normas procesales han quedado muy desactualizadas respecto de las leyes de fondo a las que deben servir.

Veamos:

El 1º de octubre de 2014 se sancionó el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, que entró en vigencia el 1 de agosto de 2015.

A partir de entonces, decenas de artículos del Código Procesal Civil y Comercial de la provincia de Buenos Aires de 1968 quedaron desfasados de la norma nacional.

En el mejor de los casos, las normas del Código Procesal remiten a artículos del Código Civil que ya no existen.

En otros, aparecen inconsistencias entre la nueva regulación del Código Civil y Comercial y las antiguas previsiones del Código Procesal de 1968.

También existen aspectos en los que el legislador nacional, en su efervescente impulso codificador, avanzó sobre cuestiones procedimentales reservadas a las provincias; cada provincia deberá entonces decidir si acepta este avance o regula de un modo distinto las cuestiones procesales que, en nuestro criterio, el legislador nacional ha invadido innecesariamente.

Finalmente hay supuestos en los que las soluciones de uno y otro código son sencillamente incompatibles. Esto sucede en forma notable en el marco del proceso de familia, pero también en otros campos del proceso.

Ahora bien, aunque pasaron ya más de dos años desde la sanción del Código Civil y Comercial -y 17 meses desde su vigencia- sólo una provincia argentina ha adecuado sus normas procesales a la nueva legislación de fondo.

Con la excepción del Chaco -que sancionó un nuevo y moderno Código Procesal Civil y Comercial con un proceso de mayor oralidad-, todas las demás provincias permanecen en una mora inexplicable.

Mientras tanto, por supuesto, los habitantes siguen precisados de una Justicia Civil y Comercial que atienda a sus necesidades, una exigencia que no ha quedado paralizada a la espera de una actualización de las normas.

Los ciudadanos siguen precisados de una Justicia Civil y Comercial que atienda a sus necesidades, una exigencia que no ha quedado paralizada a la espera de una actualización de las normas

En ese escenario los jueces y los abogados de la Provincia de Buenos Aires han podido avanzar marcando su propio camino.

Buscaron y encontraron soluciones creativas y razonables para los tipos procesales que han dejado de existir a partir del nuevo Código Civil y Comercial, para los artículos que remiten a normas derogadas, para los nuevos paradigmas contractuales, para los desafíos de un nuevo proceso de familia, entre otros problemas que plantea el desacople entre la norma nacional y el Código Procesal.

Y han superado, además, desafíos adicionales.

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia puso en funcionamiento un moderno sistema de presentaciones y notificaciones electrónicas que supera las escuetas disposiciones que tiene sobre la cuestión el Código Procesal Civil y Comercial de 1968, y que quedó atrasado también en este punto (aun con sus reformas).

Los abogados adoptaron, con la responsabilidad que impone la defensa de los intereses ajenos, el nuevo sistema, y colaboraron en su implementación razonable.

Pero los cambios no quedaron ahí.

A instancias de un grupo de magistrados de Primera Instancia y de Cámara, 56 jueces del fuero Civil y Comercial en toda la Provincia comenzaron a interpretar el viejo Código Procesal Civil y Comercial para aplicar un proceso por audiencias. Así, conducen hoy un juicio predominantemente oral, con la intervención ineludible del juez en todas las audiencias, contacto directo con los abogados y las partes y celeridad. Todo con el apoyo del programa Justicia 2020 del Ministerio de Justicia de la Nación.

Más de un tercio de todos los jueces en lo Civil y Comercial de la Provincia más importante del país comenzaron un nuevo camino de oralidad y celeridad. Con el mismo Código Procesal, con las mismas estructuras físicas, los mismos empleados y con la sola adición de cámaras para filmar las audiencias.

¿Y los abogados?

Los abogados se sumaron con decisión y con valentía a estos cambios. Participan de los debates orales y defienden sus posiciones en la audiencia, frente a sus colegas, las partes y el juez.

En definitiva, para cambiar no hace falta más que querer un cambio. Y el cambio puede venir de donde menos se espera.

En este caso, el cambio viene de los jueces, para recuperar la dignidad de la Justicia. Y de los abogados, por el orgullo de ser abogados.

(*) Profesor de Derecho Procesal UNLP. Consejero Titular del Colegio de Abogados de La Plata.

Las noticias locales nunca fueron tan importantes
SUSCRIBITE a esta promo especial
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

Registrate gratis para seguir leyendo

Ya leíste varias notas de El Día. Creá tu cuenta gratuita y seguí accediendo al contenido del diario.

¿Ya tenés cuenta? Ingresar

Has alcanzado el límite de notas gratuitas

Suscribite a uno de nuestros planes digitales y seguí disfrutando todo el contenido de El Día sin restricciones.

Básico Promocional mensual

$570/ mes

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Suscribirme

Full Promocional mensual

$740/ mes

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Acceso a la versión PDF

Beneficios Club El Día

Suscribirme

ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES

Para disfrutar este artículo, análisis y más, por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales

¿Ya tiene suscripción? Ingresar

Básico Promocional mensual

$570/ mes

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Suscribirme

Full Promocional mensual

$740/ mes

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Acceso a la versión PDF

Beneficios Club El Día

Suscribirme
PUBLICIDAD