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Brasil, con nueva Ley de Migración

Por Redacción

Carlos Meneses Sánchez (*)

La nueva Ley de Migración entró en vigor en Brasil con el objetivo de igualar los derechos y deberes de los extranjeros a los de los brasileños y facilitar su llegada al país como mano de obra, aunque aún está por esclarecer cómo aplicar el texto a la realidad, según especialistas.

La legislación, sancionada en mayo pasado por el presidente Michel Temer con una veintena de vetos, sustituirá al Estatuto del Extranjero, que data de la dictadura militar (1964-1985) y veía al inmigrante como “una amenaza a la seguridad nacional”, explica Diana Quintas, abogada en Brasil de la firma Fragomen. “Es una reforma total de la migración. Teníamos una ley que era muy proteccionista, muy cerrada, muy restrictiva (...) La nueva es totalmente abierta, da derechos y garantías y expresamente prohíbe la xenofobia” y el racismo, afirma la letrada.

Para el profesor Istvan Kasznar, del centro de estudios económicos Fundación Getulio Vargas (FGV), es “más liberal y adecuado para atender correctamente los Derechos Humanos” de los inmigrantes.

La norma, impulsada por el ahora canciller, Aloysio Nunes, iguala los derechos y deberes de los inmigrantes al de los brasileños, regula su entrada y estadía en el país, además de plantear directrices para impulsar políticas públicas dirigidas hacia ellos.

Por otro lado, establece el visado de visitas, que englobará al de turismo y negocios, y permite a los extranjeros con curso superior o equivalente trabajar en Brasil sin la necesidad de tener que llegar con una propuesta formal de empleo.

No obstante, falta por ver cómo se articula realmente en la práctica la ley, pues hasta en 37 ocasiones se cita un decreto que debe concretar su funcionamiento.

En este sentido, Kasznar asegura que en la ley “existe mucho de escribir de cara a la galería”, pero, en su opinión, “el realismo en ciertas cuestiones” no está reflejado con “la propiedad que se esperaría”.

Para el profesor no tiene mucho sentido que se garantice a los inmigrantes el “acceso a los servicios públicos de salud y de asistencia social y al sistema de pensiones” (art. 4 VIII), cuando “el brasileño hoy no tiene asistencia médica cualificada ni tiene una asistencia social buena”.

“De nada sirve tener una ley linda, abierta, pionera, vanguardista y equilibrada, si no se consigue colocar en práctica”, completa Quintas.

(*) Columnista de EFE

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