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Highton de Nolasco podrá seguir en la corte tras cumplir 75 años

Highton de Nolasco podrá seguir en la corte tras cumplir 75 años

Por Redacción

El Gobierno no apelará el fallo judicial que decidió que la jueza permanezca en su cargo

El Gobierno no apelará el fallo judicial que decidió que la jueza Elena Highton de Nolasco podrá seguir integrando la Corte Suprema de Justicia una vez que cumpla 75 años, según informaron fuentes oficiales.

El miércoles por la mañana vencerá el plazo en el cual se puede apelar el fallo de primera instancia en favor de la única mujer que integra el máximo tribunal, pero el Gobierno dejó trascender que no hará uso de esa posibilidad.

"No vamos a apelar, seguimos el precedente Petracchi", dijo a Télam un funcionario del Gobierno que siguió de cerca el tema y que confirmó que la decisión oficial es dejar que quede firme el fallo en favor de Highton de Nolasco.

La referencia al antecedente "Petracchi" remite a 2011, cuando el juez Enrique Petracchi logró una medida cautelar que le permitió a seguir en su cargo hasta que falleció a fines de 2014.

La decisión del Gobierno, confirmada por dos miembros del Poder Ejecutivo, se produjo luego que el último viernes el juez federal Enrique Lavié Pico hiciera lugar a la acción de amparo formulada por Highton de Nolasco.

La decisión del juez de primera instancia se produjo tres días después de que el Gobierno nacional presentara sus argumentos en contra de que la ministra permaneciera en el cargo tras alcanzar el límite de edad previsto por la Constitución.

El juez Lavié Pico falló en favor de la jueza de la Corte Suprema y citó como antecedente el caso del difunto juez Carlos Fayt, quien permaneció en el cargo hasta los 97 años.

Al formular el amparo, Highton de Nolasco había pedido que se declare la nulidad de la reforma del 1994 en relación al artículo 99, inciso 4º, párrafo tercero, de la Constitución Nacional, referido al límite de edad de los miembros de la Corte. La jueza había aseverado en su presentación judicial que en 1994 "no existía autorización alguna para modificar el régimen de estabilidad vitalicia de los magistrados, ni fijar un límite de 75 años como finalmente lo hizo la Convención Constituyente".

Al oponerse al amparo formulado por la jueza, el gobierno de Mauricio Macri había sostenido que el caso Fayt no sentaba un precedente atendible porque "los fallos de la Corte Suprema deciden sólo los casos concretos sometidos a su decisión y no extienden su obligatoriedad a otras causas".

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