“La AFIP ratifica que hasta el 31 de marzo se deberá abonar la totalidad del impuesto especial que corresponda a la declaración de bienes, o en su caso sustituir el pago con BONAR 2023. En tanto que la documentación faltante se podrá completar hasta el 17 de abril”, informó ayer el organismo recaudador.
Además mediante la Resolución General 4016 que se publicará ho en el Boletín Oficial advirtió que “vencido el plazo del 31 de marzo no se podrá ampliar el valor de lo declarado”.
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