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Prisión domiciliaria por delitos de lesa humanidad

Los jueces Rosatti y Maqueda, votaron por revocar la sentencia de la Cámara; Elena Higthon de Nolasco, no - archivo

Por Redacción

Lo decidió la Corte, en un fallo dividido, para un represor por razones de salud

La Corte Suprema decidió otorgar el beneficio de arresto domiciliario a un militar condenado por crímenes de lesa humanidad con graves problemas de salud, por entender que más allá de la “barbarie” que se cometió en la dictadura el Estado debe garantizar “la imparcialidad en la aplicación de las leyes”.

Con las firmas de los jueces Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, la Corte resolvió revocar la sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal que había dejado sin efecto el arresto domiciliario de Felipe Jorge Alespeiti, condenado por sentencia no firme por crímenes como los del escritor Haroldo Conti y los parlamentarios uruguayos Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz, al considerar que carecía de fundamentación, disponiendo el dictado de un nuevo pronunciamiento.

En tanto, los ministros Ricardo Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco (presidente y vice de la Corte) entendieron que correspondía no tratar el recurso, conforme a lo dispuesto por el artículo 280 del Código Procesal, con lo cual se debía mantener el arresto en el establecimiento carcelario donde se hallaba alojado.

Alespeiti, con el grado de teniente coronel, fue jefe del Regimiento de Infantería I Patricios, y como tal, jefe del Area II de la subzona capital federal entre el 16 de octubre de 1975 y el 22 de septiembre de 1976. Hoy, tiene 85 años de edad y “diversas patologías cardíacas, evolutivas, crónicas, irreversibles y susceptibles de complicación, que presenta trastorno senil con deterioro funcional, tiene pérdida del setenta por ciento de la visión en uno de sus ojos, sufre de hipoacusia con compromiso en su desempeño social auditivo y posee limitada capacidad de locomoción-, la detención en un establecimiento carcelario podía agravar su estado y si éste resultaba efectivamente apto para resguardarlo”, dijeron los informes médicos.

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Desde el Gobierno, se justificó el fallo argumentando que es “una buena señal de madurez cívica”. En un portal de noticias, el secretario de Derechos Humanos, Claudio Avruj, opinó: “Entendemos que el fallo de la Corte que permitirá el arresto domiciliario a un militar condenado y, ya que por ley le corresponde ese derecho, es una buena señal de madurez cívica y una muestra de que la Argentina está apegada a la ley más allá de a quién le corresponde el beneficio de la medida”.

El beneficio de la prisión domiciliaria a los represores cuenta con la fuerte oposición de diversas asociaciones de derechos humanos, como las Madres y Abuelas de la Plaza de Mayo, pero hasta anoche no hubo pronunciamientos.

Alespeiti fue condenado a 22 años de prisión por delitos de privación de libertad.

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