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Casanello rechazó el pedido del Gobierno para indagar a Cristina por la "ruta del dinero K"

El juez se negó "porque la pretensión busca reeditar en la presente causa los hechos que son objeto de investigación en otro juzgado”

 

Por Redacción


El juez federal Sebastián Casanello rechazó hoy un pedido que le hizo el gobierno, a través de la  Unidad de Información Financiera (UIF), para indagar a la ex  presidenta Cristina Fernández en la causa de la "ruta del dinero K" por presunta asociación ilícita.    

Según explicaron a DyN fuentes judiciales, no habría varias asociaciones ilícitas sino una sola y de hecho así lo entendió el  propio juez Claudio Bonadio al procesar a Cristina Fernández como jefa de una banda y remitirle el caso a su colega Julián Ercolini, que la había procesado por la obra pública.   

La UIF había reclamado hoy a Casanello la indagatoria de la ex presidenta, del ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, del ex secretario de Obras Públicas José López (detenido por  enriquecimiento ilícito) y del ex Coordinador de la Obra Pública y  primo de Néstor Kirchner, Carlos Santiago Kirchner, entre otros en la causa "ruta del dinero K", al plantear que allí también funcionó una asociación ilícita destinada a cometer una "pluralidad de delitos", entre ellos el lavado de activos.    

El pedido se hizo a Casanello, en el marco de las indagatorias que dispuso sobre Báez, sus hijos y otros involucrados, en función de lo que había ordenado la Sala II de la Cámara Federal para orientar la causa a la vinculación entre la "ruta del dinero" y la  concesión de obra pública durante el kirchnerismo, informaron fuentes judiciales.    

Pero por la noche, según una resolución a la que accedió DyN,  Casanello rechazó el planteo de la UIF "porque la pretensión busca reeditar en la presente causa los hechos que son objeto de  investigación en otro juzgado y sobre los cuales su titular ya se ha  expedido, no sólo en torno a la procedencia del acto de defensa, sino también a la verosimilitud de la acusación al dictar el auto de  procesamiento".    

Casanello sostuvo que "el riesgo de vulnerar la prohibición de doble juzgamiento con tal proceder es palmario, en tanto el pedido supone clonar un hecho e invadir la competencia actualmente ejercida por otro magistrado".   

Pero además Casanello sostuvo que el delito de "asociación ilícita" implica una banda que "se encuentra destinada a cometer delitos indeterminados, con lo cual mal puede pretenderse que existan dos asociaciones distintas pero integradas por las mismas personas en un mismo periodo temporal" y "es claro que en este caso estamos hablando de una misma asociación".    

Incluso, el juez afirmó que tampoco puede aceptarse el pedido de la UIF porque ni el dictamen de Marijuan, al que aludía la UIF,  "contiene solicitudes de indagatorias ni describe siquiera aquéllas conductas ni coincide en el listado de imputados".    
 

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