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Opinión |PUNTO DE VISTA

Sobre el fútbol, los jueces y el peso de la ley

Sobre el fútbol, los jueces y el peso de la ley

Situaciones tan lejanas como la conducta de los futbolistas y la edad de los magistrados, han planteado en estos días un debate común: el imperio de las normas por encima de las particularidades individuales

Por JULIAN PORTELA (*)

7 de Abril de 2017 | 02:33
Edición impresa

En todo sistema que aspire seriamente a funcionar, el respeto por la ley debe ser inexorable. Y esto no es una opinión personal: es un axioma comprobado por la historia de la humanidad y la evolución de las sociedades más desarrolladas (las que mejor viven suelen ser siempre las que más respetan las leyes que se autoimponen). En estos días los argentinos tuvimos dos interesantes muestras sobre la trascendencia del imperio de la norma, en campos tan diversos como lo son el fútbol y la Justicia.

Sacudió la realidad argentina la noticia -tapa de todos los periódicos- de una fuerte sanción disciplinaria al capitán de nuestro seleccionado de fútbol, al que el máximo organismo internacional (FIFA) penalizó de oficio -ante la inacción de los árbitros y las autoridades nacional y regional- por insultar airadamente a las autoridades del partido. Paradójicamente, luego de ganar justamente a costa de un muy dudoso penal pitado a nuestro favor, Lionel Messi increpó agraviantemente a los árbitros a cara descubierta y a escasa distancia por alguna cuestión menor de interpretación: hizo todo mal, sobreactuó innecesariamente la queja, en frío y sólo para exponer un supuesto liderazgo carismático como capitán, con una gesticulación de improperios inadmisibles y lógicamente antirreglamentarios que todas las cámaras y todo el mundo inevitablemente advirtieron. Todos menos las autoridades de fútbol sudamericanas, siempre temerosas de aplicar la ley, máxime cuando su rigor complique a los seleccionados poderosos o al mejor futbolista de la actualidad.

Superando la angustia futbolera (a la que lógicamente como hincha de Racing estoy acostumbrado), es fundamental en este punto dejar de victimizarse internacionalmente por la pena al astro futbolero, y entender que la realidad es mucho más simple que cualquier paranoia: si existe un hecho objetivo irrefutable (como este insulto descarado y en frío de un capitán de equipo a una autoridad del juego) y una norma vigente bien clara (el reglamento que prohíbe y sanciona esa conducta), cumplida la instancia de la previa defensa, sólo se puede derivar una única reacción posible: la pena. Lo contrario (omitirla) deslegitimaría al sistema y propiciaría una vez más el “vale todo”, en el que sólo triunfan pícaros y mañosos. Por eso, toda sanción -y no sólo esta- siempre es ejemplar, puesto que está destinada a hacer respetar las reglas de juego, y volver a marcar límites ante los excesos. No importa que sea Messi el sancionado, ni que corra peligro nuestra ansiada clasificación al Mundial (meca efímera de toda felicidad argentina), pues la lección debe ser clara: nunca seremos campeones reales si no aprendemos a respetar las normas que regulan el juego. Y ni hablar de vivir dependiendo de objetivos de largo plazo sólo en base a milagros o potenciales salvadores.

En las antípodas de la deliberación de la FIFA en tierras suizas, y mucho más cercana a los foros de interpretación de las normas, simultáneamente nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación decidía también poner la ley por encima de las personas. Al resolver en el planteo de reconocimiento de vigencia en el cargo de un reconocido juez platense de avanzada edad (el camarista federal Leopoldo Schiffrin), el máximo tribunal del país revocó su doctrina previa emitida hace un par de décadas para exceptuar al entonces magistrado Carlos Fayt del nuevo art. 99, y determinó que a partir de ahora es plenamente exigible a los jueces nacionales la necesidad de una re-designación cumplidos los 75 años, que debe ser renovada quinquenalmente, pare evitar la caducidad del cargo.

El análisis jurídico de los votos de ese fallo (con una interesante discrepancia del doctor Rosenkrantz) escapa a esta oportunidad, pero vale resumir que en lo concreto ha provocado un cambio rotundo del panorama de muchos magistrados que han pasado o están próximos a superar la edad límite (el caso de la jueza electoral Servini de Cubría es el más conocido). Mención aparte lo merece la propia vocal del Tribunal, Elena Highton de Nolasco, quien hace poco fuera exceptuada de esa necesaria redesignación por un fallo de primera instancia firme que validó la extensión automática de su cargo. Pero sólo en principio.

El respeto de la ley no puede nunca depender de su conveniencia estratégica: “Dura lex, sed lex” (la ley será dura, pero es la ley)

La doctora Highton es en la actualidad la única mujer de los cinco jueces de la Corte Federal, además de reconocida como una eximia jurista de vasta trayectoria judicial. Pero la novísima doctrina del Tribunal que ella misma integra respecto a la necesidad de que “todos” los jueces respeten la obligatoriedad del proceso de re-designación previsto en la Constitución vigente debiera motivarla a acogerse voluntariamente a dicho procedimiento antes de diciembre (cuando cumpla los 75), lo cual seguramente será fructífero para ella, para legitimarla por su actualidad y por sus condiciones intachables.

Pero principalmente será útil para los argentinos porque nada vale más que el ejemplo de los poderosos (sean los máximos jueces o los máximos futbolistas) para demostrar al resto de los terrenales que el respeto de la ley no puede nunca depender de su conveniencia estratégica: “DURA LEX, SED LEX” (la ley será dura, pero es la ley).

 

(*) Profesor de Derecho Constitucional UNLP

 

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