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Personas obesas tendrán sillas especiales en lugares públicos

Por Redacción

Lo votará hoy el Concejo Deliberante. Se establecen las dimensiones y los porcentajes

Los cines, teatros, cafeterías, restaurantes y estadios deportivos de nuestra ciudad deberán contar a partir de septiembre con un 10% de su mobiliario preparado para personas obesas, con dimensiones estipuladas para sus asientos, de forma obligatoria.

Así lo votará el Concejo Deliberante en su sesión de hoy, luego de que el proyecto haya pasado por las comisiones que, tras su debate, realizaron el respectivo despacho de la iniciativa.

En rigor, la ordenanza para tener sillas destinadas a personas con obesidad fue sancionada en 1998 pero la letra de ese articulado no establecía las medidas concretas que debían tener estas sillas y butacas especiales ni tampoco la cantidad con que debía contar cada local.

Esa iniciativa perteneció al concejal radical Claudio Frangul quien ahora, nuevamente elegido edil por otro período en el oficialismo, reformó la normativa para especificar sus características y reforzar su obligatorio cumplimiento.

Se trata de la reforma de una ordenanza existente, que especifica la cantidad y forma del mobiliario que deben tener los locales de atención al público

Es que el propio legislador local reconoció que hoy la ordenanza “no se cumple”, en un contexto en el que, según las estadísticas, el 20% de la población tiene serios problemas de sobrepeso y obesidad.

Por eso, la reforma de una antigua ordenanza apunta no sólo a enfatizar su cumplimiento sino también detallar la forma en la que los locales deberán hacerlo para la inclusión de todas las personas en la vida común de la Ciudad, con consenso en el Concejo para su sanción.

Las salas de espectáculos, las cafeterías y restaurantes y los estadios deportivos son sólo algunos ejemplos de los lugares de uso público alcanzados por el proyecto que hoy se convertiría en ordenanza.

Entre los cambios, se establece una medida específica de las dimensiones de las sillas para obesos, algo que no estaba estipulado en el texto vigente: se trata de sillas o butacas que deberán tener un ancho mínimo entre ejes no inferior a los 85 centímetros y con una profundidad mínima de 75 centímetros.

Además, los materiales con los que tienen que ser construidas deben ser acordes a la resistencia necesaria para soportar peso.

Pero también los cambios introducidos en la norma fijan la cantidad de sillas de este tipo que deberán tener estos locales y establecimientos de uso público: el 10% de la totalidad de las sillas que haya en el lugar.

Los establecimientos que incumplan la norma tendrán una multa que irá desde los 10 a los 2.000 módulos, que, fijados actualmente en 93 pesos, alcanzarían una multa máxima de hasta 186 mil pesos o una inhabilitación por 90 días, una sanción que establece el Código Contravencional a criterio del juez de Faltas.

Ciudades como San Miguel de Tucumán, Rosario, Córdoba, Catamarca, Paraná, La Rioja, Santa Fe, Carlos Paz, entre otras, poseen normativa en este sentido, con el espíritu de incluir en los lugares públicos a toda la población, sin que un asiento sea un impedimento para las personas con obesidad.

Frangul explicó que en nuestro país la ley 26.396 establece que “la obesidad es un problema de salud pública, sujeta a políticas de gobierno, y que los proveedores de bienes o servicios con destino al público en general no podrán negarse ante el requerimiento de una persona obesa a proporcionar el bien o servicio solicitado”.

Y opinó que “las personas con sobrepeso sigue siendo víctimas de una discriminación innecesaria. Hay mucho por hacer para la inclusión de las personas con sobrepeso; según encuestas el 80 % de las personas con sobrepeso se siente discriminada. Las personas con sobrepeso avanzado son hoy casi el 20% de nuestra población. Lo que tiene que entenderse es que son los lugares de uso público los que tienen que adaptarse, no las personas que las usan”.

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