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La Corte permite a Trump restringir la entrada de refugiados

Por Redacción

WASHINGTON.- El Tribunal Supremo de EE UU permitió ayer al Gobierno del presidente, Donald Trump, implementar parte de su veto migratorio y prohibir la entrada al país de algunos refugiados que sean abuelos o tíos de personas que ya viven en territorio estadounidense.

El alto tribunal concedió una victoria parcial a Trump porque, aunque le permitió endurecer los requisitos para los refugiados, determinó que podrán entrar a EE UU algunos familiares de los ciudadanos de seis países de mayoría musulmana (Irán, Somalia, Sudán, Siria, Yemen y Libia).

En una breve orden judicial, el Tribunal Supremo especificó que Trump sólo podrá prohibir el ingreso a EE UU de algunos refugiados hasta que haya una decisión definitiva del Tribunal de Apelaciones del Noveno Distrito, con sede central en San Francisco (California).

Los nueve jueces con cargos vitalicios de la Corte tomaron posición sobre un recurso que interpuso el Gobierno de Trump el 14 de julio pasado para tumbar el fallo que emitió esa misma semana el juez federal de Hawai Derrick Watson, quien redujo a nivel nacional el alcance del veto migratorio.

El juez de Hawai contradijo las directivas emitidas por el Gobierno de Trump y determinó que pueden entrar a EE UU los abuelos, tíos y otros familiares cercanos de refugiados y nacionales de los seis países de mayoría musulmana afectados por el veto migratorio.

Desde la entrada en vigor del veto de Trump, el pasado 29 de junio, sólo podían ingresar a EE UU aquellos individuos que pudieran demostrar su relación con padres, cónyuges, hijos, yernos, nueras o hermanos que ya estuvieran residiendo en territorio norteamericano.

Excluidos de esa categoría de “familiares cercanos” quedaban los abuelos, nietos, tíos, sobrinos y primos, que no podían servir de ancla a sus familiares en el exterior para tramitar su entrada.

La entrada en vigor del veto de Trump a finales de junio fue posible gracias a una decisión del propio Tribunal Supremo, que determinó que la medida podía implementarse de manera temporal hasta que los jueces estudien a fondo su legalidad durante una audiencia, probablemente en la primera semana de octubre.

legalidad de las normas

En su decisión del 26 de junio, el alto tribunal dejó en manos del Ejecutivo definir las normas para la aplicación del veto.

Era, precisamente, la legalidad de esas normas lo que estaba ahora en cuestión y sobre lo que decidió el Tribunal Supremo.

El Tribunal de Apelaciones del Noveno Distrito será ahora el encargado de decidir si son legales las normas sobre refugiados, que por definición están huyendo de sus países de origen y, en teoría, no tienen por qué tener ninguna relación familiar con EE UU. (EFE)

“Rusiagate”
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