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Alcanzará a los clubes que tengan de 50 a 2000 miembros. Dudas por un límite en el consumo
Los clubes de la Región realizaron numerosas reuniones para reclamar el beneficio - archivo
Después de dos años en que las instituciones de bien público vieron como las sucesivas promesas de otorgarles beneficios se desvanecían una tras otra, ayer al final les lanzaron un salvavidas: mediante una resolución oficial se aprobó un nuevo cuadro tarifario para entidades sin fines de lucro y clubes de barrio, aunque la medida dejó dudas abiertas en cuanto a su implementación.
A través de un comunicado, el Organismo de Control de la Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires (OCEBA) informó que mediante la resolución N°419/17 del ministerio de Infraestructura se aprobó el proceso de revisión tarifaria.
Según se desprende de la resolución, a partir de ahora las entidades de bien público sin fines de lucro quedarán incorporadas en la categoría tarifaria T1 “Pequeñas Demandas”, aunque sin que se aclare cuál es la potencia límite de consumo que corresponde a esa categoría.
En los clubes, no obstante, todavía hay muchas dudas. Alberto Alba, presidente de la Federación de Instituciones Culturales y Deportivas de La Plata, que nuclea a más de 300 entidades de la región, expresó su incertidumbre por el encuadre del beneficio que venían reclamando desde hace dos años. Por ahora no les informaron qué porcentaje les van a reducir de las tarifas ni cómo se los van a descontar. “Vamos a pasar por OCEBA para interiorizarnos”, indicó.
También expresó su cuestionamiento ante la posibilidad de que les pongan topes, lo que, de implementarse, complicaría a los clubes con más actividad. “Cuando te ponen un tope (de consumo) están castigando al que más hace. Si es así, los clubes que tienen más actividad van a terminar quedando excluidos y hay que tener en cuenta muchas veces las instituciones más grandes son las que más dificultades tienen para afrontar los gastos de servicios”, advirtió.
Como ha informado este medio, la ley nacional 27.218 -a la que adhirió la Provincia- estableció un Régimen Tarifario Específico de servicios públicos para estas entidades, fijando las condiciones para la aplicación de dicha categoría tarifaria, sus beneficiarios y alcances.
En ese marco, ahora desde el OCEBA se dictó una resolución para implementar la categoría de “Servicios General Entidades de Bien Público (T1GEBP)”, que estará integrada por las asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persigan fines de lucro en forma directa o indirecta.
Además, se aclara que “se incluirán las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan”.
A su vez, se incorporará al a los clubes de barrio “en tanto se encuentren constituidos como asociaciones sin fines de lucro, con domicilio legal en territorio bonaerense, posean personería jurídica, acrediten una antigüedad de tres años desde su constitución formal, posean una cantidad mínima de cincuenta (50) socios y una máxima de dos mil (2000), posean registro de conformidad a la normativa vigente y se encuentren encuadrados en la categoría T1 “Pequeñas Demandas”.
Según se aclaró, las entidades “deberán contar con inscripción en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas y/o estar registradas como tales ante el Organismo habilitado a nivel provincial o municipal de cada jurisdicción”.
Para acceder al beneficio “deberán presentarse ante el distribuidor con la constancia de inscripción en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas y/o copia certificada de inscripción o registro en los organismos correspondientes a su actividad, habilitados a nivel provincial o municipal”, se aclaró desde OCEBA.
Una vez completado ese trámite, “las distribuidoras de energía eléctrica bonaerenses deberán encasillar sin más trámite en la categoría tarifaria T1 “Pequeñas Demandas” a las Entidades de Bien Público inscriptas y registradas, que no excedan la potencia límite de dicha categoría”.
Como muchas instituciones están “flojas de papeles”, les otorgarán un plazo para acceder al beneficio mientras se ponen al día con los trámites. En tal sentido, se estableció que “las entidades que no cuenten con constancia de inscripción y/o registro o se encuentren con el trámite pendiente de resolución, se les otorgará provisoriamente, por el término de 6 meses con una prórroga por 6 meses más”.
También se determinó que “la falta de presentación de constancia de inscripción en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas y/o la de registro provincial y/o municipal, habilitará al Distribuidor a excluir a la Entidad de Bien Público del Régimen Tarifario Específico”.
No obstante, se aclaró que el ente regulador “en situaciones particulares”, podrá determinar la inclusión o exclusión en el nuevo régimen de ciertas instituciones, “con la correspondiente justificación en cada caso”.
Este beneficio se sumará al que los clubes barriales ya podían solicitar para el servicio de agua potable, aunque todavía están esperando que se instrumente el del suministro de gas, que debería seguir los mismos pasos que el de la energía eléctrica.
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