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Fernando Farré fue condenado a perpetua por un jurado - archivo
Los ciudadanos bonaerenses cuyos documentos de Identidad finalicen en 143 y 740 están en condiciones de integrar los juicios por jurados en la provincia de Buenos Aires durante el año 2018, de acuerdo al sorteo realizado ayer en el Instituto de Loterías y Casinos por el ministerio de Justicia provincial.
Se trata del cuarto sorteo desde que se implementó ese tipo de proceso en el territorio para la confección anual de los listados de los casi 12.000 ciudadanos bonaerenses que pueden ser jurados.
El subsecretario de Justicia bonaerense, Adrián Grassi, explicó que los juicios por jurados “son institucionalmente muy importantes porque son exigidos en la Constitución Nacional, razón por la cual es relevante haberlos implementado” y agregó que el sistema “aporta más democracia en el marco de uno de los tres poderes, como lo es el judicial”.
“Es una garantía positiva porque es el propio ciudadano el que está participando en una decisión tan importante”, analizó Grassi y puntualizó que “se implementa en la gran mayoría de los países y en casos de delitos graves”.
La cantidad de elegidos está dada por una proporción de una de cada mil personas de entre en la franja etaria de 21 a 75 años, que vivan en la provincia de Buenos Aires y comprendan el castellano.
Luego quedarán excluidos de los listados definitivos quienes tengan responsabilidades públicas de relevancia (por ejemplo, gobernadores, intendentes, funcionarios políticos o del Poder Judicial), abogados, escribanos, miembros de las fuerzas de seguridad en actividad o retirados.
También quedan eximidos quienes padezcan alguna enfermedad física o psíquica que les impida ejercer la función.
La ley que establece el sistema del juicio por jurados determina que actuará en delitos cuya pena máxima en abstracto exceda de 15 años de prisión o reclusión o, tratándose de un concurso de delitos, que alguno supere dicha pena.
Según la norma, el jurado está compuesto por 12 ciudadanos titulares y 6 suplentes que son elegidos por sorteo del padrón electoral, y reciben instrucciones de un juez, quien les indica el encuadre jurídico de la cuestión a resolver.
Además, establece que luego del debate decide el jurado en torno a la inocencia o no del ciudadano sometido a proceso.
Fija también que el veredicto de culpabilidad requiere un mínimo de 10 votos afirmativos, y si el delito por el que fuera calificado legalmente el hecho en que se sustenta la acusación tuviera prevista pena de prisión o reclusión perpetua, se requiere unanimidad de votos afirmativos.
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