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Desde hoy la AFIP exige el pago electrónico para abonar impuestos

1 de Agosto de 2017 | 13:58

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) quiere eliminar definitivamente el efectivo como medio para el pago de impuestos. Los cambios se fueron llevando a cabo progresivamente, y a partir de hoy se suma una novedad ya confirmada a través de una resolución: las liquidaciones impositivas y de autónomos se hará sólo a través de medios electrónicos.

De este modo, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), las cargas sociales -salvo las casas particulares-, las declaraciones juradas de personas físicas de Ganancias y de Bienes Personales se deberán hacer a través de homebanking. Esto también será así para los montos chicos, como los pagos menores de hasta 10 pesos, según confirmó el organismo presidido por Alberto Abad.

El pago electrónico se divide en dos categorías. Los anticipos de Ganancias de personas físicas y Bienes Personales como las obligaciones de autónomos -categoría II y II- tiene seis formas de pago: Volante Electrónico de Pago (sólo internet), débito automático con tarjeta de crédito, débito en cuenta en cajero automático, débito directo en cuenta bancario, pago telefónico con tarjeta de crédito y por último, pago con tarjeta de débito en entidades habilitadas.

En cambio, para las obligaciones de pagos de hasta $10 "por cualquier concepto", para el pago de IVA, seguridad social de empleadores y las declaraciones juradas de Ganancias de Personas Físicas y Bienes Personales, se deberá emitir el VEP en la página de la AFIP, con lo cual estos pagos sólo se pueden hacer por internet.

¿Qué sucede con los monotributistas? Quienes estén bajo las categorías D, E, F, G, H, I, J y K, el pago mensual se debe cumplir a través de alguna de las modalidades electrónicas, como por ejemplo, el VEP. En cambio, los pequeños contribuyentes de la categoría A, B y C recién estarán obligados a hacer el pago vía electrónica a partir de noviembre de este año.

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