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La Provincia |FALLO DE LA CAMARA FEDERAL

La Justicia condenó al Banco Central a indemnizar a un platense

Había sacado un préstamo para comprar un auto en el Banco Austral, que fue a quiebra

La Justicia condenó al Banco Central a indemnizar a un platense

La sentencia habla de una “conducta negligente” por parte de la entidad financiera - el dia

Por ESTEBAN PEREZ FERNANDEZ

26 de Septiembre de 2017 | 02:37
Edición impresa

La Justicia Federal de La Plata condenó al Banco Central de la República Argentina (BCRA) al pago de una indemnización por daño moral causado a un vecino de nuestra Ciudad que sufrió un sinfín de problemas financieros porque la entidad rectora del sistema financiero le trabó indebidamente una inhibición general de bienes y lo incluyó en centrales de riesgo crediticio. Eso, por una deuda tomada a través de un crédito bancario para comprar un auto, que el hombre ya había cancelado en 1997.

El fallo fue dictado hace pocos días por la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata en el marco de un juicio promovido por el damnificado, Guillermo Angheben, con el patrocinio de los abogados Ana Inés Buffa y Gustavo Gulayín.

La resolución confirmó la sentencia de primera instancia en la cual se reconoció el “daño” causado al cliente, originado por “la conducta negligente del BCRA”, que además de trabar una inhibición general de bienes, lo calificó “erróneamente” en el sistema financiero como deudor grado 6, la peor calificación, según consta en el dictamen judicial.

El calvario de este vecino platense comenzó en 2001 y recién terminó ahora, cuando logró que lo indemnizaran por el daño que le causó el BCRA al haberlo incluido durante años en el sistema financiero y crediticio como “deudor moroso incobrable” y también logró, a través de otra sentencia favorable, el levantamiento del embargo sobre un auto que ya había vendido de buena fe 17 años atrás.

COMPRA PROBLEMATICA

Pero la historia se remonta aún más atrás, hasta 1994, cuando Angheben adquirió un automóvil Peugeot 405 con un crédito prendario en el ex Banco Austral SA. En abril de 1995, es entidad bancaria fue suspendida por el Banco Central, decretándose la quiebra el 13 de marzo de 1996, lo que dejó sin sus ahorros a miles de vecinos platenses que tenían depósitos en la entidad, cuya sucursal funcionaba en calle 59 entre 12 y 13, de nuestra Ciudad.

La quiebra del banco se llevó adelante en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 9 Secretaría 18, a cargo en ese entonces de Eduardo Favier Dubois (h).

Pero, sin perjuicio de la situación del Banco Austral, el vecino pagó en distintas entidades bancarias las cuotas correspondientes a su crédito, finalizando con una última cuota el 10 de julio de 1997, debiendo iniciar un incidente en el marco del proceso de quiebra del ex Banco Austral con el fin de obtener la cancelación de la prenda.

En octubre de 2000 obtuvo sentencia favorable para la cancelación de la prenda del auto que había comprado. Al quedar esa decisión firme, presentó la documentación pertinente en el Registro Nacional Automotor a fines del año 2000, quedando liberado el vehículo, el que, posteriormente, vendió y transfirió a un tercero, según consta en la causa.

EL CALVARIO

Pero pese a que Angheben había completado todos los intrincados pasos legales que le tocaron sortear tras la quiebra de la entidad bancaria, el 1º de junio de 2001 el BCRA, en su carácter de cesionario del ex Banco Austral, promovió una demanda de ejecución prendaria contra el vecino platense ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 16 del Departamento Judicial La Plata, trabándole una inhibición general de bienes, situación de la que se enteró recién el 6 de octubre de 2003, al solicitar un crédito que le fuera denegado.

El demandante expresó ante el juez que la situación relatada le ocasionó severos inconvenientes, tales como el cierre de su tarjeta VISA en el BBVA Banco Francés SA, por aparecer como deudor irrecuperable (calificación situación grado 6) en el sistema financiero, y figurar en centrales de riesgo como VERAZ y FIDELITAS con la misma calificación.

En marzo de 2004 el BCRA admitió que la deuda que se pretendía ejecutar se encontraba cancelada y prestó conformidad para el levantamiento del embargo.

Ante esta situación, los magistrados entendieron que a partir de tal equívoco el damnificado debió sortear un derrotero judicial hasta lograr la rectificación por parte del Banco Central y el levantamiento de la medida que indispuso sus bienes. En consecuencia consideraron procedente condenar a la entidad financiera al pago de una suma de dinero en concepto de indemnización por daños y perjuicios, más intereses desde la fecha de toma de conocimiento del hecho dañoso, hasta el efectivo pago.

La Cámara afirmó que “la privación culposa de disponer de sus bienes, así como estar involucrado en un proceso ejecutivo sin asidero legal debió proyectar sobre su vida consecuencias dañosas por lo que, teniendo en cuenta las circunstancias personales de la parte actora que surgen de las constancias de autos, la naturaleza sustancialmente resarcitoria que reviste la indemnización del daño moral y el incumplimiento imputable a la demandada, es razonable entonces admitir que el actuar negligente la afectó moralmente.”

Finalmente, el juez interviniente en la ejecución hizo lugar a las excepciones planteadas por Angheben y rechazó la demanda intentada contra aquél. El levantamiento del embargo del automóvil recién se ordenó con fecha 20 de abril de 2006.

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