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La Ciudad |La justicia atendió la demanda de consumidores

Un fallo judicial le pone condiciones al cobro del “servicio de mesa”

Un fallo judicial le pone condiciones al cobro del “servicio de mesa”
10 de Noviembre de 2018 | 03:15
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Un fallo de la Cámara Civil y Comercial de La Plata le puso condiciones al cobro del denominado “servicio de mesa” o “cubierto” en los locales gastronómicos, al hacer lugar al planteo realizado por una asociación de consumidores contra un restaurante platense.

La resolución judicial, que trascendió ayer, ordenó al local “cesar de inmediato con la práctica de entregar el “servicio de mesa y/o cubierto” sin requerimiento previo del consumidor y luego cobrar su consumo a falta del rechazo de su recepción por la apelante”.

El fallo además ordenó que se informe “bajo qué circunstancias podrán los consumidores optar por el “servicio de mesa y/o cubierto” y a aclarar que si eligen dicho servicio “deberán oblarlo por persona; es decir, multiplicado por la cantidad de comensales que efectivamente los consuman”.

Quien hizo el pedido preventivo y colectivo fue el Centro de Orientación Defensa y Educación del Consumidor, y la jueza Ana María Bourimborde y el juez Luis Maggi resolvieron que ese “servicio” no solo es mal informado por los restaurantes (violando el derecho más básico de los consumidores a una información adecuada y veraz), sino que también era ilegal la imposición del cobro, por violar el derecho de los consumidores a elegir.

La asociación planteó que estos cobros son el “típico caso de los pequeños ilícitos lucrativos, también denominados ilícitos “hormiga” cuya efectividad radica en la invisibilidad de la práctica por lo nimio de los montos, pero que en la reiteración, generan cuantiosas sumas ilegítimas para los proveedores”. La asociación dijo que “(a) fin de cuentas la única verdad es que el consumidor no sabe por qué abona este cargo, ni nadie se preocupa por explicarlo, simplemente debe pagarlo si se sienta a comer”.

La Cámara, ordenó al restaurante cesar con esta práctica, aclarar la información en sus menús y ofrecer libremente este servicio.

“De esta manera, la justicia provincial sienta postura de forma colectiva, y por primera vez, con respecto a esta práctica que se ha expandido ilegalmente en los últimos años”, resaltaron desde la asociación de consumidores.

 

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