De la Rúa, exento de pagar Impuesto a las Ganancias por su pensión como ex presidente

La pensión que le corresponde a Fernando de la Rúa por haber sido presidente de la Nación entre 1999 y 2001 no sufrirá los descuentos del Impuesto a las Ganancias.

La medida fue confirmada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que ratificó un fallo del Tribunal Fiscal de la Nación.

Según afirma la Cámara, existe una ley que equipara la situación de los ex presidentes con la de los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, quienes también están exentos del tributo.

"Al dictarse la Ley Nº 24.018 en 1991, la remuneración de un juez de la Corte Suprema estaba exenta del tributo, de modo que puede considerarse que el legislador la tuvo en cuenta al fijar la equiparación de aquella con la asignación que percibirían los Presidentes de la Nación que cesaran en sus funciones", consideraron los camaristas Guillermo Treacy, Pablo Gallegos Fedriani y Jorge Alemany.

El reclamo fue presentado por De la Rúa en 2009 luego de que se le pagara un retroactivo de su pensión sobre el que retuvieron el Impuesto a las Ganancias. Según la AFIP, el gravamen está bien aplicado ya que no ejerce más el cargo, pero la Cámara aplicó otro criterio.

La ley 24.018 establece el régimen de asignaciones mensuales vitalicias para el presidente, vice y los jueces de la Corte Suprema. Allí especifica que "para el Presidente de la Nación tal asignación será la suma que por todo concepto corresponda a la remuneración de los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación".

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