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Pity Álvarez, complicadísimo: el juez lo procesó por "homicidio agravado"

Además confirmó la preventiva porque entendió que el músico "presentaba la capacidad psíquica suficiente como para comprender lo que hizo"

Pity Álvarez, complicadísimo: el juez lo procesó por "homicidio agravado"
19 de Julio de 2018 | 10:07

El cantante Pity Álvarez,  acusado de matar a Cristian Díaz en el barrio de Lugano, fue procesado por el juez Martín Yadarola por "homicidio agravado". Además quedó formalizada la prisión preventiva ya que el magistrado entendió que el músico "presentaba la capacidad psíquica suficiente como para comprender lo que hizo".

Luego de examinar las pruebas del caso y teniendo en cuenta los antecedentes, Yadarola determinó que "Cristian Álvarez, independientemente de las secuelas a nivel psicofísico generadas a raíz del policonsumo de sustancias psicoactivas oportunamente comprobadas con antelación a este episodio, al momento de producirse el hecho investigado en autos presentaba la capacidad psíquica suficiente como para comprender lo que hizo y la consecuente repercusión jurídico penal de su conducta, y pudo dirigir sus acciones conforme a esa comprensión".

A su vez, dio la orden de que se arbitren los medios necesarios para poner a su disposición tratamientos terapéuticos para que tenga "asistencia integral al consumo problemático de sustancias psicoactivas en el que se encuentra inmerso".

Cabe recordar que Pity fue detenido el pasado 13 de julio, momento en el que se entregó a la Policía y ante los medios confesó haber asesinado a Cristian Díaz, quien presentaba tres balazos en el rostro y uno en el pecho.

Así el juez fundamentó el procesamiento del cantante de "Viejas Locas":

* "Huelga recordar que se trata aquí de una agresión armada dirigida contra otra persona, es decir una conducta delictiva que, no obstante su extrema gravedad frente a la concreta afectación a uno de los bienes jurídicos de mayor entidad –la vida humana-, no exigía del sujeto activo una especial capacidad de culpabilidad que alcance para sostener la imposibilidad de exigirle al causante que se motivase en la norma, en las condiciones particulares del hecho y en las que aquél se encontraba frente a tal situación".

* "Por aquella razón, independientemente de avanzarse en la concreción de estudios de mayor especificidad con la finalidad de completar el cuadro clínico y permitir a futuro un pormenorizado diagnóstico psicofísico del causante, considero que se encuentra a esta atura satisfecho el tamiz de la culpabilidad de ALVAREZ en el caso concreto, por lo que es factible avanzar en el presente proceso judicial frente a la conducta endilgada".

* "Aclarado todo lo anterior, solo resta sostener que el hecho delictivo atribuido al imputado ha quedado consumado frente al fallecimiento instantáneo de CRISTIAN DÍAZ tras sufrir la agresión armada desplegada por ALVAREZ. Y también que este último deberá responder el calidad de autor material por haber tenido durante el episodio pleno dominio del suceso y de las alternativas del acontecimiento, habiendo actuado personalmente, sin haberse detectado la injerencia de terceros colaborando o interviniendo de modo alguno en la referida agresión (artículo 45 del Código Penal de la Nación).

 

"Si vas a tirar, tirá, gato"

La novia de "Pity", quien presenció el enfrentamiento que terminó con una muerte, declaró que el músico estaba armado porque le decía que "el barrio estaba complicado".

Según la mujer, Díaz se acercó a increpar a Álvarez y le dijo: "Vos sabés quién soy, te acordás de mí, te acordás cuándo yo te llevé a la villa, vos dijiste que te faltaban cosas en la mochila y yo no soy rastrero".

Y aunque quisieron separarlos, la tarea no dio frutos y la víctima habría dicho: "Vos una vez me dijiste que me ibas a pegar un tiro cuando te faltaron cosas en la mochila".Luego, lanzó: "Si vas a tirar, tirá, gato". 

Entonces, según se reconstruyó, "Pity" sacó su arma y le disparó primero en el pecho y después en la cara.
 

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