Novedades en la causa de la comisaría Primera

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La Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata revocó ayer la denegatoria de eximición de prisión dictada en primera instancia a los ex integrantes de la comisaría Primera de La Plata, investigados luego del hallazgo de cerca de 800.000 pesos en la caja fuerte de esa seccional, presuntamente destinados al pago de los servicios adicionales en oficinas públicas o empresas privadas de la jurisdicción, llamados horas Polad.

En el fallo se resolvió dejar sin efecto la resolución del juez de Garantías Guillermo Atencio, que negó el beneficio de la eximición de prisión a los imputados: el ex comisario Pablo Orgoñez; el subcomisario Cristian Alejandro Maciel (dependiente de la Dirección de Infantería); el oficial inspector Sebastián David Correa (con último destino en el Taller Departamental de San Martín); la teniente María Verónica Conte (dependiente de la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo); y de otros dos funcionarios: el oficial inspector Hugo Javier Díaz y el oficial principal Diego Ismael Martínez. En esta causa los investigadores detectaron además que en la seccional de 53 entre 9 y 10, que terminó siendo descabezada, había planillas con firmas que serían apócrifas y nombres de personas que ni siquiera pertenecerían a la fuerza. Pero, al parecer, todos pasaban a cobrar, generando así una posible fuente de recaudación ilegal.

Ante esta situación irregular, el Ministro de Seguridad bonaerense, Cristian Ritondo, decidió intervenir la seccional y desplazar a los sospechosos. Con voto de los Camaristas Sergio Almeida y Laura Lasaga, se dispuso hacer lugar a los planteos de los defensores de los imputados, al tener en cuenta que con la sola mención de los encuadres legales investigados (supuesta malversación de caudales públicos, fraude en perjuicio de la administración pública, administración fraudulenta y falsificación de instrumento público), no puede resolverse esta cuestión.

En la resolución se dispuso por mayoría (el camarista Alejandro Villordo entendió que debía declararse la nulidad de lo actuado a partir de esa denegatoria) revocar el fallo de Atencio, “sin perjuicio de lo cual, deberá tenerse presente la petición, para ser resuelta oportunamente por juez hábil”, esto es, que en caso de solicitarse detenciones y de denegarse nuevamente las eximiciones, los imputados no pueden ser apresados hasta que la Cámara trate el tema.

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