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Es Javier Cao, sentenciado en 2017 a 3 años de prisión en suspenso, por supuesto cobro de coimas a cambio de Seguridad. Según la versión oficial se trata de un reemplazo provisorio, ya que el titular fue promovido
En 2018 la comisaría quinta -emblema de terror en la dictadura- estrenó nueva sede en 28, 62 y 63 / g. Calvelo
En simultáneo con el ascenso de más de 10 mil policías de la Bonaerense hubo -como ocurre todos los años- varios movimientos en distintas dependencias, debido a que, por ejemplo, un efectivo que alcanza la jerarquía de comisario inspector no puede permanecer a cargo de una comisaría.
Eso fue lo que pasó en la seccional Quinta de La Plata, lo que dio lugar a un reemplazo que ya generó polémica: el lugar de Sergio Gómez, que ascendió a comisario inspector, lo ocupa por estos días Javier Santiago Cao, que en 2017 fue condenado a tres años de cárcel (en suspenso) e inhabilitación perpetua, bajo sospecha de haber cobrado dinero al dueño de un supermercado para brindarle seguridad “extra” mientras se desempeñaba como titular del Destacamento Aeropuerto.
El fallo fue apelado y todavía no está firme, lo que explica que el policía siga en funciones y también haya ascendido entre el pelotón conformado por casi el 9% de los agentes que se beneficiaron con el decreto que firmó hace 4 días el ministro de Seguridad Cristian Ritondo.
Tras la consulta de este diario, fuentes de esa cartera explicaron que “con el ascenso de Gómez obligadamente se le asignó otro cargo, y como el segundo jefe de la dependencia es Cao, quedó provisoriamente en el cargo”, Aclararon que “no está en los planes de la Departamental La Plata asignarlo en esa función”.
Cao y otro agente, Fernando Pardo, fueron condenados el 7 de marzo de 2017 en un fallo del Tribunal Oral en lo Criminal IV de La Plata, integrado por los jueces Germán Alegre, Hernán Decastelli y Emir Caputo Tártara.
En la sentencia se dio por acreditado que “entre julio y septiembre de 2014 Cao asignó ilegalmente efectivos de su dependencia (quienes debían estar cumpliendo sus respectivas funciones de seguridad), para la custodia exclusiva y diaria del supermercado Aero Trece, de calle 13 y 609, al que se custodiaba de lunes a sábado de 17 a 21”.
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También se indicó que esto sucedía “a cambio de la percepción de una suma de dinero que percibía Pardo, el jefe de calle de la mencionada dependencia policial, quien a tales fines concurría semanalmente a dicho supermercado”.
Para dictar el veredicto, los jueces tomaron en cuenta los testimonios del dueño y el encargado del supermercado, uno de los cuales declaró en el juicio que había acordado “cuatro mil pesos por mes (en 2014) para la tarde-noche porque era el momento más peligroso del día”.
Interrogado sobre por qué accedió a ese pedido, fue contundente: “No quedaba otra… si no actuabas así, quedabas descubierto, no actuaba nadie”.
En su voto, el juez Caputo Tártara explicó que “con esta frase, claramente el testigo quiere significar que de no contratar dicha ´modalidad de seguridad´, quedaba a merced de los delincuentes que lo asaltaban; a la vez que expresa crudamente que: `sino pagaba, la policía no actuaba…´”.
Fuentes oficiales confirmaron a este diario que tras la apertura de aquella causa la Auditoría General de Asuntos Internos de la gestión anterior le aplicó a ambos policías 10 días de suspensión, en un sumario que se abrió en 2014 y se cerró en 2015. A juzgar por lo que figura en el decreto 1050, del año 2009, lo consideraron una “falta leves”, que son las que “dan lugar a apercibimiento o suspensión del empleo sin goce de haberes de hasta diez (10) días” y “son de aplicación directa”, sin que se pueda reabrir ese sumario.
En 2017 la condena fue notificada al ministerio de Seguridad, lo que generó la apertura de un nuevo expediente, aunque el mismo decreto establece que la autoridad no se puede expedir hasta que el fallo -que fue apelado- quede firme.
Desde la sanción de 2015 hasta el momento Cao no recibió nuevas denuncias, “por lo que está en condiciones de ser ascendido”, se aclaró oficialmente.
En el fallo de 2017 se cita el testimonio del denunciante, quien reveló que “en todo el barrio era lo mismo, a un chino (aludiendo al dueño de un supermercado conocido como `Chino´) le cobraban mucho más” que a él. Se explicó en el veredicto que “la seguridad se hacía uniformada, la mayoría de las veces dentro del negocio”, arreglo que duró aproximadamente “dos años y pico. Me quisieron aumentar la cuota, y les dije que no”, aseguró el denunciante.
Para graduar la pena impuesta, el TOC IV tuvo en cuenta como agravantes “la extensión en el tiempo” de la actividad ilegal de la Policía, que produjo un mayor daño en la víctima de este caso. Los imputados fueron condenados por “peculado de trabajos y servicios e incumplimiento de los deberes de funcionario público”.
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