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Conversión

Por DR. JOSÉ LUIS KAUFMANN Monseñor

Queridos hermanos y hermanas.

Cualquier persona que ha dicho o hecho algo que le produce un malestar o un pesado arrepentimiento -que es mucho más que el amor propio lastimado-, experimenta el acoso de la propia conciencia violentada que exige una natural reparación.

Es innato sentir ese malestar, pues la naturaleza humana fue creada para el bien y la verdad. Todo lo que vaya contra esos fines originarios le provoca violencia.

Entre los cristianos, ese arrepentimiento sincero se denominada “dolor de los pecados”. Se trata de un dolor interior, no físico, y una detestación del pecado cometido, juntamente con el propósito firme de no volver a pecar. No es un mero “sentimiento de culpa”, sino un acto de la voluntad, que procede de la razón iluminada por la gracia de Dios.

Esa actitud de dolor, de contrición, constituye la parte más importante de la celebración del sacramento de la confesión, también llamado penitencia o reconciliación.

El arrepentimiento que duele conduce al propósito de no reiterar los pecados, y éste incluye la confesión de los pecados cometidos y la reparación, en cuanto ello es posible.

Un claro ejemplo de conversión lo vemos en Zaqueo, que se dejó mirar por Jesús y comprendió la verdad de su propia miseria, del dinero mal habido y de los perjuicios ocasionados a otros

Por lo tanto, el “arrepentimiento que duele” o contrición, requerido para el perdón de los pecados, ha de ser: interno, sobrenatural, general y máximo en cuanto a la valoración. Si no hubiera sincero arrepentimiento no podría haber perdón.

En efecto, la contrición es interna si proviene de la inteligencia y de la voluntad libre del penitente, y no tan sólo fingida exteriormente. Por otra parte, al ser la contrición parte del signo externo del sacramento, ha de manifestarse también al exterior, acusando los propios pecados.

También ha de ser sobrenatural; tanto en su principio, pues es Dios quien mueve al arrepentimiento, como por los motivos que la provocan: ante todo la ofensa a Dios, pero también el perjuicio a los semejantes. Es decir que no puede originarse por una razón meramente natural, como podría ser el temor a las consecuencias naturales del pecado: la enfermedad, el menosprecio, el castigo...

Asimismo, la verdadera contrición ha de ser general, pues se extiende a todos los pecados graves cometidos. No es posible que se perdone un pecado grave desligado de los demás, ya que no sería verdadero el arrepentimiento de uno pero no de otro, pues la causa formal de la contrición es la ofensa a Dios.

Finalmente, ha de ser una contrición máxima en cuanto a la valoración, lo que significa que el pecador aborrece el pecado como el mayor mal y está dispuesto a sufrir cualquier inconveniente antes de ofender de nuevo a Dios. Sin embargo, no se requiere que el “arrepentimiento que duele” sea sumo en cuanto a la sensibilidad, sino que lo sea en la apreciación de la mente y de la firmeza de la voluntad.

Un claro ejemplo de conversión lo vemos en Zaqueo, que se dejó mirar por Jesús y comprendió la verdad de su propia miseria, del dinero mal habido y de los perjuicios ocasionados a otros. Reconoce su pecado, se arrepiente con profundo dolor y promete reparar, dando la mitad de sus bienes a los pobres y devolviendo lo usurpado (cf. Lc 19, 1 ss).

¡Dios nos conceda la gracia de arrepentirnos siempre de cualquier pecado!

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