Opinan los lectores

Edición Impresa

Libertad de imprenta

Daniel Jesús Giordano expresa: “El 26 de octubre de 1811 el Primer Triunvirato dictó el decreto referido a libertad de imprenta por el cual cada uno podía publicar sus ideas libremente y sin censura previa. Este derecho está garantizado en el Art 14 de la Constitución Nacional. Está libertad es fundamental para el funcionamiento de las instituciones democráticas ya que establece una relación entre los poderes de la República y los gobernados ya que mediante el consenso y el disenso se produce el control de la función gubernamental y el aporte de nuevas ideas. Edmund Burke en el año 1787 en la apertura de las sesiones de la Cámara de los Comunes en Gran Bretaña expresó que la prensa era el Cuarto Poder junto al Ejecutivo, Legislativo y al Judicial debido a la importancia que le atribuía. Thomas Carlyle en el Siglo XVIII popularizó la denominación Cuarto Poder. Por lo apuntado la libertad de expresión es un pilar de la República”.

 

Las noticias locales nunca fueron tan importantes
SUSCRIBITE