Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Un fallo judicial ordenó al Hipódromo de Palermo a indemnizar a un hombre que había sido pateado por un caballo, lo que le provocó una disfunción eréctil, pero también a su esposa como “víctima inmediata”.
El hecho ocurrió en el año 2008, cuando un hombre de 57 años se dirigió hacia la rotonda del Hipódromo de Palermo para ver a los caballos, cuando uno de ellos, sin que el hombre pudiera preverlo, tiró una patada que dio contra un tacho de basura que, a su vez, le dio en la ingle a Juan y lo derribó al piso.
El hombre sintió un dolor intenso de forma inmediata y fue trasladado al Hospital Italiano, donde vieron que tenía un gran hematoma en el pene. Pasaron los días y ni el dolor ni el hematoma se fueron. Y desde ese momento, según denunció, no pudo volver a tener una erección.
Unos meses después lo operaron, pero la intervención fracasó. Por ese motivo, decidió hacer la denuncia penal al Hipódromo de Palermo. Posteriormente, hizo lo propio su esposa, como “damnificada”.
En su presentación, la mujer señaló que “desde aquel maldito e inolvidable día, no hemos podido nunca más tener relaciones sexuales, por lo que mi vida, lamentablemente, ha tenido un cambio rotundo con severísimas perturbaciones”.
“Nunca más podré volver a tener relaciones sexuales -destacó- y la única vía sería el camino de la infidelidad para con él, lo que no comparto bajo ningún punto de vista. Cabría preguntarse entonces: quién si no yo, además de él, ha sido verdadera y exclusivamente damnificada por este hecho”.
LE PUEDE INTERESAR
La juzgan por mandar 47 mil mensajes a su novio, que se mató
La Justicia, finalmente, entendió que ella también había sido una víctima de la situación y ordenó indemnizarla.
Después de más de cinco años de trámites, el juez Sebastián Font analizó los alcances del artículo 1079 del nuevo Código Civil que establece que “tienen derecho a indemnización, además de la víctima inmediata, todas las personas que han sufrido indirectamente un daño por causa del acto ilícito”.
Fue así que la Justicia ordenó indemnizarla con 120 mil pesos por verse perjudicada cuando su esposo quedó imposibilitado de tener sexo por la patada del animal.
Las noticias locales nunca fueron tan importantes
SUSCRIBITE
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Básico Promocional
$120/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $1870
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Full Promocional
$160/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $2880
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2024 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro D.N.D.A Nº RL-2019-04027819-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí