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A través de una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (ANMAT), prohibió hoy la comercialización en el territorio nacional de tres suplementos dietarios, a los que consideró ilegales, y dos modelos de bomba de infusión por motivo de extravío.
La ANMAT determinó en su resolución 10370/2019 que dos de estos suplementos dietarios están falsamente rotulados con registros apócrifos resultando ser productos ilegales. Se trata del “LUVION PROFESIONAL VIVRE” (RNPA N° 04- 066871, elaborado por RNE N° 04-003380, comercializado por Silvina Maschio, contenido neto 360 g- 30 sobres de 12 g cada uno -envase secundario-) y del “LUVION BLOW COLÁGENO BEBIBLE” (RNPA N° 04-064816, elaborado por RNE N° 04-003380 y RNE N° 04-004466, comercializado por Silvina Maschio, contenido neto 360g- 30 sobres de 12 g cada uno -envase secundario-).
En tanto que un tercer suplemento dietario, el “LUVION PROFESIONAL VIVRE” (RNPA N° Exp.: DCA02-195880161019, elaborado por RNE N° 04- 004584, contenido neto 12g -envase primario-, a base de colágeno hidrolizado metilsulfonil metano MSM, ácido hialurónico y vitamina C”), fue considerado ilegal por estar registrado con rótulos apócrifos y por contener concentraciones de ácido hialurónico asociadas a indicaciones terapéuticas.
Por otra parte, en la disposición 10358/2019 estableció la prohibición por extravío el uso, distribución y comercialización de la "Bomba para infusión APPLIX SMART AR Serie: 21907235, 22024366, 22024402, 22413394, 22444344, 22444347; N° de PM: 648-22, y de la Bomba para infusión VOLUMAT AGILIA AR, Serie: 20589032, 21721989, 22029331, 22029634, 22029641, 22711903, 21578097; N° de PM: 648-24”.
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