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Reglamentación de ordenanza de prohibición de tracción a sangre

La reglamentación tiene como objetivos combatir el cuatrerismo, la faena clandestina, los malos tratos y actos de crueldad contra los animales, el trabajo infantil y el trabajo insalubre de las personas humanas#, señalaron desde la Comuna

Por Redacción

El intendente Martiniano Molina firmó la reglamentación de la ordenanza de la prohibición de TAS (tracción a sangre), norma necesaria a los efectos de dar defensa y protección a los animales no humanos habitantes del distrito como asimismo de procurar el sostenimiento de fuentes de trabajo de los sectores más postergados, muchos de ellos ocupados en actividades donde se utilizan animales, promoviendo su inserción en un sector diferente dentro del mercado laboral del sistema de reciclado con inclusión.

La reglamentación tiene como objetivos combatir el cuatrerismo, la faena clandestina, los malos tratos y actos de crueldad contra los animales, el trabajo infantil y el trabajo insalubre de las personas humanas#, señalaron desde la Comuna.

La norma designa como autoridad de aplicación a la Secretaría de Gobierno, con la participación de la Secretaría de Salud. Asimismo, dispone la colaboración de la Dirección General de Tránsito para el control de la circulación de carros tirados por animales no humanos y por personas humanas.

El artículo 4 estipula que el gobierno municipal notificará a las asociaciones de proteccionistas de animales con reconocimiento municipal como entidad de bien público acerca de aquellas transgresiones a la ordenanza y su reglamentación con el objetivo de que estas participen en la recuperación, tratamiento y adopción responsable de los animales puestos a resguardo.

Acerca de su implementación, el artículo 5 establece un sistema de censado progresivo a los efectos del conocimiento y control de los equinos habitantes del distrito, así como para la creación y entrega de la "libreta de control" (en la que, entre otras cuestiones, constará el estado de salud del animal no humano).

En cuanto a la organización de la política ambiental, el artículo 10 prevé la implementación de un programa de difusión y concientización a la población relacionado con la importancia de la separación en origen coordinado por la Subsecretaría de Ambiente y Desarrollo Sostenible que contemple la promoción puerta a puerta en las zonas dispuestas.

Según el artículo 11, el material reciclable será recolectado por recuperadores urbanos, utilizando carro manual, con retiro puerta a puerta; y, luego, un vehículo municipal de uso exclusivo de reciclables llevará todo el material hasta destino con disposición final habilitada.

El acto de firma se realizó en la Casa de la Cultura y contó con la presencia de la secretaria de Gobierno y Derechos Humanos, María Ángel Sotolano; su par de Legal y Técnica, Leandro De Carli; la coordinadora de Gabinete de la Secretaría de Gobierno, Viviana Wilches; el coordinador general de Gobierno, Diego Buffone, y la presidenta de la Asociación Caballos de Quilmes, Karina Dotto, junto a otros integrantes de la entidad.

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