Obligan a obra social a cubrir una cirugía de feminización

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Una obra social deberá cubrir una cirugía de feminización facial completa a una afiliada trans que había presentado un amparo alegando incumplimiento de la Ley de Identidad de Género ya que en primera y segunda instancia la Justicia había fallado a su favor.

La sentencia la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario corresponde a la Sala I, que rechazó por mayoría el recurso de apelación interpuesto por la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (Obsba)

La entidad deberá hacerse cargo de los nueve procedimientos quirúrgicos que abarca la feminización facial completa -entre ellos la reducción de la nuez de Adán y remodelación de la región frontal-, así como de los exámenes prequirúrgicos correspondientes.

Los magistrados basaron su decisión en los artículos 11 y 13 de la Ley 26743: mientras el primero garantiza a las personas trans el acceso “a intervenciones quirúrgicas totales y parciales para adecuar su cuerpo a su identidad de género autopercibida”, el segundo establece que “ninguna norma, reglamentación o procedimiento podrá restringir o suprimir el ejercicio del derecho a la identidad de género.

 

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