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Absolvieron a un imputado de violar y embarazar a una niña de 11 años que no quiso acusarlo

25 de Abril de 2019 | 22:03

El Tribunal Oral de la localidad correntina de Paso de los Libres resolvió hoy por mayoría absolver a un hombre acusado de violar a una niña de 11 años, que además tuvo un hijo con su victimario, a quien evitó acusar para mantener "un vínculo familiar", revelaron fuentes judiciales.

El informe del Poder Judicial sobre el caso dado a conocer hoy refiere que la víctima no quiso acusar al imputado y que "en el debate oral, ahora con 16 años, expresó su deseo de que el procesado no fuera preso y continuaran manteniendo un vínculo familiar".

El Tribunal integrado por Marcelo Fleitas, Gustavo Ifrán y Marcelo Pardo resolvió la absolución "por insuficiencia probatoria" en relación a la tipicidad de la conducta reprochada a un hombre que abusó de una niña.

Sobre el caso, detalló que "los abusos habían sido denunciados por la madre de la nena, tras constatar que ésta se hallaba embarazada" y agregó que en ese momento la niña tenía 11 años y el procesado 18.

"Al ser detenido por la policía, el victimario expresó no saber la edad de la niña y no tener información sobre el embarazo mismo. Tras un examen de ADN, F.A.C. se hizo cargo del bebé, al que desde entonces mantiene y con el que estableció un vínculo cercano", mencionó el parte de prensa judicial.

La posición de la Fiscalía, en tanto, fue que la acusación debía mantenerse. "Los hechos, la autoría y la responsabilidad penal estaban acreditados. Aunque la menor expresó no haber sido obligada ni forzada, ese consentimiento estaba viciado por la edad de la víctima", argumentó la Fiscalía.

Debido a esto, el representante del Ministerio Público Fiscal, "pidió 7 años de prisión al valorar la edad del imputado, la falta de antecedentes penales, la nueva relación con su hija, el sustento económico que aportaba".

Por su parte, la Asesoría de Menores coincidió con lo expuesto por la Fiscalía y añadió que había circunstancias atípicas al señalar que "el testimonio de la mamá de la víctima, quien manifestó que logró perdonar al imputado, superar la traumática situación, y compartió el deseo de la víctima de no fuera preso y pudiera ver a su hija crecer con la figura paterna".

"Esas circunstancias específicas hacen inusual al presente proceso. Sin embargo entiendo que esas cuestiones no alcanzan para desvirtuar la acusación y la debida sanción que merece la conducta" del hombre y solicitó que la pena que se aplicara tuviera presente esas circunstancias atenuantes, y se lograra un equilibrio en la sanción del imputado.

El integrante del tribunal Marcelo Fleitas, en voto minoritario, coincidió con la Fiscalía en que se da la figura típica y el autor es responsable del reproche penal indicó que el argumento central de la defensa era que el joven y la niña tuvieron una relación sexual consentida, por lo que no existió abuso sexual.

"Entiendo que esto no es así, ya que lo que la figura típica prevé es que se trata del abuso sexual de una menor de 13 años", afirmó. Al respecto, el magistrado consideró que "esta presunción es de derecho, es decir no admite prueba en contrario, no podemos separar en el hecho que la menor puede dar su consentimiento porque esto es contrario a lo que la norma expresamente prevé".

"Querer permitir reconocerle capacidad a una niña de menos de 13 años es contrario a la regulación normativa", señaló. Gustavo Ifrán y Marcelo Pardo, sin embargo, indicaron que "la niña mantuvo en todo momento la misma declaración, centrada en que no había sido abuso sino que ella lo consintió y evaluaron que su declaración en el debate fue firme y no se evidenció ningún tipo de manipulación por parte del imputado o algún tercero".

En este sentido, el texto señaló sobre la niña que "por el contrario, dio la idea de que sabía lo que declaraba, que lo que decía era la verdad de lo que pasó. Que en aquella oportunidad, conoció al joven imputado, con quien quiso mantener una relación sexual en libertad, y así lo hizo".

"Al no advertirse en el particular una conducta abusiva por parte de F.A.C. en la relación sexual con acceso carnal, la conducta deviene atípica", concluyeron los magistrados que votaron por la absolución del imputado de abuso sexual.

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