
Los fiscales Luciani y Mola apelaron la prisión domiciliaria de Cristina Kirchner
Los fiscales Luciani y Mola apelaron la prisión domiciliaria de Cristina Kirchner
EN FOTOS Y VIDEO. Nieve en la provincia de Buenos Aires: el mapa de la ola polar
Atención con el GNC en La Plata: por la ola polar, varias estaciones de servicio están cerradas
Piñas a un árbitro de fútbol infantil de La Plata: el comunicado del club del DT violento
Cuenta DNI: uno por uno, los beneficios que siguen y los que vuelven
Kun Agüero reinstaló el debate sobre los 'Grandes': “Históricamente, Estudiantes es más que Racing”
Para los más chicos, "La oveja Lani": un libro con sonido, para pintar y ¡viene con crayones!
La decisión inamovible de Javier Milei sobre el feriado del 9 de Julio: ¿hay fin de semana largo?
VIDEO VIRAL.- Echaron a un peón de campo y sólo lo despidió un perro: llanto y emoción
Jueves de clásico: Pinchas y Lobas vuelven a verse tras las finales de Liga Argentina
Votó Formosa en medio de denuncias opositoras por irregularidades
Declaran inconstitucional el decreto que limita el derecho a huelga: los motivos
Wanda se la pica a La China: dijo que Icardi le manda indirectas a escondidas ¡y hay pruebas!
Filosas declaraciones de Moria Casan: su novio Pato Galmarini le salió al cruce
Por qué en los próximos días aumentaría otra vez el precio de los combustibles
Le robaron al responsable del área que debe fortalecer la seguridad en Provincia
VIDEO. Orfila y el Gimnasia que se viene: “Que el hincha se identifique con el equipo”
Este lunes el IPS paga sueldos y aguinaldo a jubilados bonaerenses con estos DNI
El constante desafío del sistema de juicios por jurados en la Provincia
El mapa de cortes y desvíos de tránsito para este lunes en La Plata: qué calles evitar
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
MIGUEL H. E. OROZ (*)
La materia tributaria local –provincial y municipal-, encuentra en el sistema de enjuiciamiento provincial, numerosas vías posibles por las cuales se pueden canalizar el conocimiento y resolución de los conflictos suscitados en relación a la misma.
En atención a factores asociados a la condición de los sujetos involucrados, la naturaleza del conflicto o el modo de articulación de la pretensión, pueden adquirir un perfil concurrente y complementario, excluyente, imperativo u opcional.
En esta oportunidad, nos interesa reeditar algunas breves reflexiones en relación a la acción originaria de inconstitucionalidad –cuando excluye la jurisdicción descentralizada-, que por expreso mandato constitucional y legal, tramita ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
La persistencia de un criterio jurisprudencial que a nuestro juicio confunde competencia con admisibilidad, con gravosas consecuencias para el justiciable, se ha puesto de manifiesto por largo tiempo en la jurisprudencia del Alto Tribunal local.
A mayor razón cuando ello se declara al momento del dictado de la sentencia
LE PUEDE INTERESAR
Humor económico
LE PUEDE INTERESAR
Advierten que está en alza la morosidad en el sistema financiero
La gran mayoría de los casos judiciales que involucran temáticas tributarias, poseen un contenido patrimonial o económico y, por lo tanto, la promoción de la demanda está indefectiblemente sujeta a un plazo legal. Si bien esto es pacífico, en cambio difieren las interpretaciones sobre la naturaleza del mismo y cuando debe controlarse.
La jurisprudencia tradicional en esta materia, sostiene que “el examen de la admisibilidad es atribución que corresponde a la Suprema Corte, y no habiéndolo realizado in limine litis -puesto que la providencia simple que corrió traslado de la demanda la emitió el presidente con su sola firma-, cabe efectuarlo al momento de dictar sentencia” (SCBA, causa I. 1541, del 29/12/1998, “Bernal de Palacio”).
Hemos criticado esta posición, pues se genera una peligrosa situación, en la medida que luego de tramitarse por años un expediente al final y al cabo, puede declararse la inadmisibilidad, volviendo sobre un aspecto de la contienda que debió analizarse en el estadio inicial del proceso.
Además de lo irrazonable que se presenta este criterio, el mismo lleva implicada la convalidación de un dispendio de actividad jurisdiccional inútil, que en términos de eficiencia del sistema de administración de justicia, descalifica por completo su rol institucional.
Ello viola el principio de preclusión, al dejar la puerta abierta para volver sobre una cuestión superada, lo que se agrava si además dicha facultad puede ejercerse aún sin planteo de parte (SCBA, causa l. 3.135, del 07/07/10, “Salvatierra”).
En este contexto, muchas veces se confunde el análisis de competencia con la admisibilidad, especialmente cuando el mismo se realiza de entrada, al inicio del juicio ni bien se recibe el expediente con la promoción de la demanda o con la respectiva incidencia relativa a la determinación del órgano competente, en aquellas cuestiones patrimoniales que están sujetas a plazo. En rigor de verdad, evaluar los recaudos de admisibilidad presupone que previamente –aunque sea en el mismo acto-, el tribunal aceptó la competencia, que en el caso particular de la acción originaria de inconstitucionalidad está limitada por la configuración de la cuestión constitucional local directa, y en lo que nos interesa remarcar, por un plazo de treinta días, que vencido el mismo no impide acudir a la jurisdicción ordinaria (conf. art. 684 in fine del CPCC).
Por tal razón consideramos errónea la solución que confunde un supuesto de incompetencia en razón del tiempo con la inadmisibilidad de la pretensión. A mayor razón cuando ello se declara al momento del dictado de la sentencia.
La distinción tiene importantes consecuencias prácticas, especialmente en materia del cómputo de los plazos de caducidad (art. 7 inciso 3 del CPA) y eventualmente de prescripción (art. 2544 y ss. del CCyC), que en un supuesto y no en el otro, permiten dejar a salvo el derecho de fondo, con la posibilidad cierta de sustanciar el pleito ante el juez que finalmente se considere competente.
En un caso donde los concesionarios de autos pretendieron discutir la base imponible del impuesto a los ingresos brutos (SCBA, causa A-75.101 del 26/12/2018, “Russoniello S.A. y otros”) al declararse la incompetencia, se advierte un ligero cambio, que para determinar sus posibles alcances, requiere de una confirmación. No obstante ello, el proyecto de ley ingresado a la Legislatura bonaerense que busca modificar el Código Procesal Civil y Comercial vigente, inexplicablemente omitió corregir esta cuestión. Se presenta una excelente oportunidad al trabajo en Comisiones, para generar innovaciones en esta materia, lo que esperamos así suceda.
(*) Abogado - Asociación Bonaerense de Estudios Fiscales (Abef)
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$650/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6100
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$500/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $3950
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2025 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí